Sri Lanka — Hettiarachchige Premasiri y otros contra el Consejo Municipal de Dehivala-Mount Lavinia (28.2.2002) (Caso sobre vertido de basura, traducción no oficial al inglés)

TRIBUNAL DE MAGISTROS DE MOUNT LAVINIA

En materia de solicitud de orden de eliminación de molestias públicas en términos del artículo 98(1) del Código de Procedimiento Penal.

1) Premasiri hetiarachchige
2) Ranaweera Arachchige Don Ajith Hemantha
3) Lalith Bandula Kariyawasam
4) Kapuruge Wickramasena
5) Wavala Patabandige Gunapala
6) Caso de demandantes Taradeniya Bandarage Ariyaratne No.46086

Demandados del Consejo Municipal de Dehivala-Mount Lavinia contra VS

01.12.27

Demandados Consejo Municipal-Dehivala-Mount Lavinia Demandantes
1)Hettiarachchige Premasiri presente
2) Ranaweera Arachchige Don Ajith Hemantha presente
3) Lalith Bandula Kariyawasam presente
4) Kapuruge Wickramasena ausente
5)WavalaPatabandigeGunapala presente
6) Taradeniya Bandarage Ariyaratne presente en nombre de los demandantes.

- Orden -

1. La abogada de la señorita Amarasinghe comparece en representación de los demandados. La señorita Asha Dhanasiri comparece en representación de los demandantes. La orden se dictó en audiencia pública. Orden Dado que no estoy satisfecho de que los hechos presentados por los demandados sean suficientes para dejar sin efecto la orden provisional, decido que dicha orden sea una orden absoluta. Además, dado que los demandados tuvieron mucho tiempo para eliminar esta molestia pero no han tomado ninguna medida al respecto, ordeno que dicha orden sea una orden absoluta. Además, ordeno que se cubra la basura restante con tierra para que se elimine el hedor y que se tomen medidas para eliminar dicha molestia y se informe al tribunal antes de dos meses.
En caso de desobediencia a la orden anterior, ordeno al registrador que emita avisos informando que se tomarán acciones contra los respondedores de conformidad con el artículo 100(2) del Código de Procedimiento Penal.

2. Se presentan los motivos de la orden.

3. Proceda según el orden anterior y solicite informes.

4. Expedir copia de la Orden pertinente sobre tasas adeudadas a solicitud de una parte.

28.02.2002
Firmado Magistrado
_____________________________________________________________________

(Ante el magistrado de Mount Lavinia, KH Sumitrapala)

Tribunal de Magistrados de Mount Lavinia, Mount Lavinia.

Caso N° 46086

Fecha: 27.12.2001

Motivos de la sentencia

1. Los peticionarios que presentaron declaraciones juradas y otros documentos nombrando a los demandados, el Consejo Municipal de Dehivala-Mount Lavinia, de conformidad con el artículo 98.1 del Código de Procedimiento Penal, han declarado que durante aproximadamente cinco años los demandados han estado arrojando basura en su área, causando problemas de salud, problemas de insectos con el rápido crecimiento de mosquitos y moscas y contaminando el agua de pozo al mezclar la basura con el agua de lluvia.

2. Además, han declarado que, aunque han informado de esta molestia a las autoridades pertinentes, no se ha tomado ninguna medida; no se ha obtenido ningún resultado de sus cartas al alcalde de Mount Lavinia y también han informado al Director Ejecutivo de la Autoridad Ambiental Central sobre este asunto. Se han presentado documentos al respecto. Por lo tanto, han solicitado una orden condicional que detenga este vertido de basura, que se haga absoluta dicha orden condicional y que se dicte una orden provisional para destruir con cuidado la basura ya vertida.

3. Se han emitido notificaciones contra los demandados, se han presentado ante el tribunal y se han presentado pruebas. Al considerar las pruebas a favor de los demandados, el doctor Chandrasekara declaró que había trabajado como médico durante 35 años y que había estado en el Consejo Municipal durante unos 8 años, que se había puesto en marcha un programa para la contaminación del medio ambiente en la zona y que se había producido una disminución de la cantidad de pacientes de acuerdo con el programa. En el contrainterrogatorio de este testigo, su testimonio no eliminó la existencia de una alteración del orden público a causa del vertido de basura.

4. El instructor de salud pública del Ayuntamiento de Dehiwala-Mount Lavinia declaró que había trabajado en el Ayuntamiento durante 17 años y que había trabajado en esta área durante 5 años. También afirmó que se habían tomado medidas para cubrir la basura con tierra después de arrojarla en la zona. Además, afirmó que en 1999 hubo dos pacientes de filaria en esta zona, pero que no se puede decir que se deba a que se arrojaron basuras. Se ha reducido el hedor en la zona de vertido aplicando enzimas y que si se construyeran los muros alrededor de los pozos a una altura de tres pies, también se podrían evitar las molestias causadas por el agua. Sin embargo, su declaración no ha eliminado el hecho de que se produzcan molestias para el público, aunque afirma que se pueden reducir el hedor y las enfermedades.

5. El instructor de salud pública Karunaratne declaró en su testimonio que los mosquitos del dengue crecen en agua clara y que retirar la basura es un servicio público, lo que creará una molestia mayor si no se hace. Además, el ingeniero Vanigasuriya, que prestó testimonio para el Consejo Municipal de Colombo, declaró que se ha adoptado un método alternativo para arrojar la basura que se está arrojando en el área relevante para este caso y que la Autoridad de Desarrollo Vial de la Provincia Occidental ya ha enviado 200.000 rupias para ello. Mencionó que se afirmó que también hay una perturbación para la salud pública en esa área. Además, afirmó que se han tomado medidas para cubrir la basura en el área en disputa.

6. Así, varios testigos que prestaron declaración a los demandados afirmaron que el Ayuntamiento de Dehivala-Mount Lavinia está retirando la basura de una cantidad y media de la población en general y que, si no lo hace, se producirán mayores molestias públicas.

7. La prueba principal presentada por los demandantes fue que las personas que viven en las casas de los demandantes se enfrentan a enfermedades debido al hedor de la basura, que parece difícil de eliminar, y que el agua de los pozos se está contaminando porque los pájaros y otros animales se llevan la basura y la dejan aquí y allá. Además, se afirmó que las enfermedades se están propagando debido al aumento de la proliferación de mosquitos y moscas.

8. El venerable Bellanvila Vimalaratana Thero, que prestó declaración, declaró que este vertido de basura también es un acoso a su templo. Además, los demandantes afirmaron que el área donde se vierte la basura es parte del santuario de aves.

9. Según los hechos presentados por los demandantes, hay pruebas de que sus casas se ven absolutamente afectadas por este vertido de basura. Ambas partes han aceptado que aquí se vierte una gran cantidad de basura por día. Los demandantes han aportado pruebas de que no se está cubriendo la basura de forma adecuada y los demandados han afirmado que no es así. Sin embargo, los demandados han aceptado que podría producirse un olor desagradable en cierta cantidad. Por tanto, tras considerar los hechos que ambas partes han acordado, no estoy satisfecho con los hechos presentados para no hacer que la Orden Provisional sea absoluta.

10. Dado que los demandados tuvieron mucho tiempo para eliminar esta molestia pero no tomaron ninguna medida al respecto, ordeno que la referida orden provisional que prohíbe el vertido de basura en dicha zona sea una orden absoluta.

Magistrado-Monte-Lavinia