Save Mon Region Federation contra la Unión de la India
Save Mon Region Federation c. Unión de la India, Apelación núm. 39 de 2012
Tribunal Verde Nacional (7 de abril de 2016)
La Federación de la Región Save Mon, en nombre de la comunidad indígena Monpa, impugnó la autorización ambiental otorgada para la construcción de una presa hidroeléctrica en el río Naymjang Chhu. La Federación señaló fallas en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental (EIA) y la falta de un examen minucioso del proyecto por parte del comité de evaluación de expertos (EAC).
La ubicación propuesta de la presa es uno de los dos sitios de hibernación de la grulla de cuello negro, una especie en peligro de extinción que la comunidad local de Monpa venera como la encarnación del sexto Dalai Lama. Esta información material no se reveló en el proceso de evaluación del alcance y, en consecuencia, no se analizó ni evaluó en el EIA ni fue considerada adecuadamente por el EAC. Párrafos 16 y 17. El EIA tampoco incluyó ningún análisis de los impactos acumulativos de otros proyectos propuestos dentro de la cuenca del río.
El Tribunal Verde Nacional concluyó: “Es cierto que el proyecto de energía hidroeléctrica proporciona una fuente de energía renovable respetuosa con el medio ambiente y su desarrollo es necesario, sin embargo, somos de la opinión considerada de que dicho desarrollo debe ser un 'desarrollo sostenible' sin que haya ninguna pérdida irreparable para el medio ambiente. También somos de la opinión de que los estudios realizados deben estar abiertos a la consulta pública con el fin de ofrecer una oportunidad a las personas afectadas que tengan un interés plausible en el medio ambiente para expresar sus preocupaciones después de dichos estudios. Esto facilitaría la decisión objetiva de la EAC sobre todas las cuestiones ambientales y abriría una vía para el desarrollo sostenible de la región”. Párrafo 25.
El NGT suspendió la autorización ambiental hasta que el Ministerio de Medio Ambiente, Bosques y Cambio Climático realice un estudio de caudal ambiental para determinar cómo proteger a la grulla de cuello negro y su hábitat. Todos los estudios deben ponerse a disposición del público para su consulta. A partir de entonces, la EAC debe realizar una nueva evaluación del proyecto de la presa, teniendo en cuenta la nueva información y los comentarios del público. Párrafo 22.