Sai Nath Seva Mandal contra el Estado de Uttarakhand y otros, Petición escrita (PIL) n.º 80 de 2012, Tribunal Superior de Uttarakhand (16 de marzo de 2017)

El plastico
Desperdiciar Plásticos y residuos plásticos.

El Tribunal Superior de Uttarakhand en India escuchó Sai Nath Seva Mandal contra el Estado de
Uttarakhand y otros
, Petición escrita (PIL) n.º 80 de 2012, Tribunal Superior de Uttarakhand (16
marzo de 2017), donde el peticionario afirmaba que los residuos municipales de la ciudad de Kashipur eran directamente
arrojado al río Dhela cerca del Templo Sai en Moradabad Road. Además, el peticionario
afirma que estos residuos emiten gases nocivos, afectando negativamente la salud de los vecinos de las zonas cercanas.
Los peticionarios afirmaron que, a pesar de múltiples apelaciones, las agencias gubernamentales no cumplieron con sus
obligaciones legales para detener el vertido de estos residuos al río. Paraca. 2. El Tribunal reconoció
que las leyes federales indias exigen que los generadores de residuos segreguen y almacenen sus residuos en tres
categorías: biodegradables, no biodegradables y domésticos peligrosos. Paraca. 67. Estos
Los residuos segregados deben entregarse a recolectores o recolectores de residuos autorizados según las indicaciones del
autoridades locales. Identificación. A pesar de estas reglas y políticas, roles y políticas claramente establecidos
responsabilidades, las agencias estatales no han tomado ninguna medida sustancial y la basura
desechado indiscriminadamente en lugares públicos y no es segregado ni almacenado conforme a las normas.
Párrafo 70.
El Tribunal sostuvo que la limpieza viaria es un “servicio fundamental que garantiza la limpieza e higiene
condiciones” y se procedió a establecer un cronograma de limpieza. Párrafo 81. El Tribunal además
hizo referencia a una decisión de la Corte Suprema (Dr. BL Wadehra v. Union of India y otros) que
reconoció que los ciudadanos tienen el derecho constitucional y legal de residir en una ciudad limpia. Paraca. 83. Es deber obligatorio de las autoridades pertinentes recolectar y disponer de los bienes de la ciudad.
basura/residuos. La falta de fondos, personal insuficiente o ineficiente, o maquinaria inadecuada
no pueden utilizarse como excusa para no cumplir con estos deberes estatutarios. Identificación. El Tribunal sostuvo además que
“El objetivo esencial de todas las disposiciones relativas a la eliminación de residuos debe ser la protección de
salud humana y el medio ambiente contra los efectos nocivos causados por la recogida, transporte,
tratamiento, almacenamiento y vertedero de residuos.” Paraca. 84. El Tribunal subrayó además que la
La limpieza de ciudades y pueblos es un indicador clave de civilización. Cada ciudadano tiene tanto un
derecho fundamental y humano a un medio ambiente limpio y saludable, y el deber de mantener
limpieza en su entorno. Paraca. 85.
Entre otras decisiones, la Corte ordenó a las administraciones descentralizadas desarrollar Residuos Sólidos
Planes de Manejo de conformidad con la Política de Estado y Estrategia de Manejo de Residuos Sólidos,
y presentarlos a los departamentos estatales pertinentes. Párrafo 89 (N&O). Además, todos los organismos locales,
incluidos los Village Panchayats, deben garantizar la recogida puerta a puerta de sólidos segregados.
residuos de todo tipo de residencias, establecimientos comerciales, instituciones y otros no
instituciones residenciales. Identificación. 
En materia de daños, el Tribunal sostuvo que todos los ciudadanos tienen derecho a demandar (individual o colectivamente)
representantes electos y funcionarios de Corporaciones Municipales, Municipios y otras entidades
por daños o compensación si estos funcionarios no cumplen con sus deberes estatutarios como se describe en
diferentes leyes y regulaciones. Paraca. 88.