SJJayaram contra Corporación de Thiruvananthapuram, WP(C). Núm. 545 de 2012, Tribunal Superior de Kerala (14 de septiembre de 2020)
En SJJayaram contra Corporación de Thiruvananthapuram, WP(C). N° 545 de 2012, Tribunal Superior
de Kerala (14 de septiembre de 2020), el peticionario afirmó que la ciudad de Thiruvananthapuram no
su deber legal de recoger los residuos y eliminarlos adecuadamente. El peticionario afirmó que el
Los residuos no degradables, incluidos los residuos plásticos, se queman y que la quema de plástico puede provocar
la liberación de emisiones altamente peligrosas, particularmente cuando el plástico contiene organoclorados
Sustancias a base de PVC. Paraca. 2. El peticionario señaló que dichas emisiones incluyen dioxinas,
que son sustancias químicas tóxicas que pueden ser perjudiciales para los organismos humanos, provocando cáncer y
hormonas disruptivas. A pesar de presentar representaciones, la ciudad no ha tomado ninguna medida para rectificar
la cuestión, lo que llevó al peticionario a acudir al Tribunal. Paraca. 2.
La ciudad argumentó que tomó medidas efectivas para tratar los desechos plásticos, incluida la recolección, el reciclaje,
y establecimiento de puntos de recogida en la ciudad. Párrs. 3-4.
El Tribunal determinó que la ciudad tiene el deber de recolectar, regular y gestionar los desechos plásticos, comentando
que “La amenaza que se genera por la generación de residuos plásticos es inexplicable”. Paraca. 12.
El uso no regulado de bolsas de plástico y su eliminación en cuerpos de agua, desagües,
terrenos y lugares públicos ha degradado gravemente el medio ambiente y constituye un grave
amenaza para el medio ambiente, la agricultura, la flora, la fauna e incluso la humanidad y los animales. Paraca. 12.
Los residuos pueden gestionarse eficazmente si todas las partes interesadas, incluido el público y el
gobierno, están involucrados. Paraca. 12. La Corte reconoció el deber constitucional del gobierno central
y gobiernos descentralizados para proteger y mejorar el medio ambiente y sostuvo que cada
El ciudadano tiene el derecho constitucional de proteger y mejorar el medio ambiente natural, incluyendo
bosques, lagos, ríos y vida silvestre, así como tener compasión por las criaturas vivientes. Paraca. 13.
El Tribunal concluyó ordenando a la ciudad que “garantice que los residuos plásticos se recojan y
gestionados” de conformidad con la ley, “en su defecto, se tomarán las medidas necesarias y adecuadas
tomadas contra las autoridades correspondientes [según lo dispuesto por la ley] sin piedad”. Paraca. 13.