Níger: leyes selectas sobre plásticos

LEY DEL PLÁSTICO DE NÍGER

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, DECRETO N° 2015-321/PRN/MESU/DD del 25 de junio de 2015, por el que se definen las modalidades de aplicación de la ley n° 2014-63 del 5 de noviembre de 2014, sobre la prohibición de la producción, importación, comercialización, utilización y almacenamiento de bolsas y embalajes plásticos flexibles de baja densidad.

La República de Níger prohíbe en su territorio las bolsas de plástico no biodegradables y no oxodegradables y los envases de plástico flexible de espesor inferior a 15 micras; así como bolsas y embalajes no etiquetados como sigue: identidad del productor y país de importación u origen; densidad del material; espesor del material; resistencia en peso; biodegradable u oxodegradable; y duración de la vida. Arte. 4.

En el sentido del artículo 1, párrafo 3 de la Ley N° 2014-63, de 05 de noviembre de 2014, los tipos de bolsas y embalajes de plástico flexible de baja densidad que pueden producirse, importarse, comercializarse, utilizarse o almacenarse son:

  • Bolsas y embalajes de plástico blando certificados biodegradables u oxodegradables (materiales que se desintegran bajo la acción de la luz, el calor u otros oxidantes).
  • Bolsas y envases de plástico de densidad media o alta certificados por los servicios competentes reconocidos por el Estado. Arte. 3.

Está estrictamente prohibido descargar residuos plásticos en el territorio de un municipio, en un cuerpo de agua o en un sistema de alcantarillado. Arte. 15.

Medidas de exención.

Por razones científicas, sanitarias o experimentales, se podrá otorgar una autorización especial para la producción, importación, uso y almacenamiento de bolsas y embalajes fabricados con plástico flexible de baja densidad. El Ministro encargado del medio ambiente podrá conceder una autorización especial. Arte. 5.

Comprobación de conformidad

Cuando la conformidad de las bolsas o envases de plástico se considere dudosa, se realizará una evaluación pericial por parte de una organización o laboratorio reconocido por el Estado. Los costos de la evaluación correrán a cargo del titular de las bolsas o envases de plástico en cuestión. Art. 13.

Las existencias de bolsas y embalajes de plástico que no cumplan las especificaciones previstas por la ley podrán ser destruidas bajo la supervisión de un comité ad hoc creado por el Ministro encargado del Medio Ambiente. Arte. 14.

Importar y exportar

La legislación de Níger exige autorizaciones especiales para la importación de bolsas y envases de plástico flexible de baja densidad. Arte. 5.