Jamaica Environment Trust (JET) contra la Agencia Nacional de Medio Ambiente y Planificación (NEPA), Apelación n.º AT/NEPA/2010/1 (9 de agosto de 2010)

El Jamaica Environmental Trust (JET) presentó una petición ante el Tribunal de Apelaciones de Acceso a la Información para impugnar la denegación de información en virtud de la Ley de Acceso a la Información de Jamaica, vigente desde 2004. Esta ley otorga a todo el público el derecho a acceder a documentos oficiales en poder de las autoridades públicas, a menos que la información esté exenta de divulgación en virtud de las categorías limitadas previstas en la ley. El JET había solicitado informes veterinarios de las instalaciones de Dolphin Cove en Ocho Ríos y Montego Bay a la Agencia Nacional de Medio Ambiente y Planificación (NEPA). 

La Decisión del Tribunal de Apelación de Acceso a la Información explica que la NEPA escribió a Dolphin Cove para advertirle que la información solicitada no estaba exenta de divulgación, lo que le brindó la oportunidad de objetar. Dolphin Cove respondió:

La única razón por la que cualquier miembro del público podría tener interés en la información operativa privada (en particular, la información relacionada con el bienestar de los animales) ... es para el propósito del movimiento de activismo ambiental contra los delfines en cautiverio... [C]uando se ha proporcionado esta información a los activistas, se ha utilizado en detrimento de los intereses comerciales de esta empresa.

Además, informamos que si este documento llegase a hacerse público, es nuestra intención perseguir este asunto con todo el alcance de la ley a fin de salvaguardar nuestros derechos constitucionales de operar... sin que las agencias reguladoras actúen para facilitar interferencias de terceros conforme a la Ley de Acceso a la Información.

 NEPA luego informó a JET que estaba denegando la solicitud de documentos alegando que “podrían estar exentos” según la Ley de Acceso a la Información, sección 20(b) que establece:

Un documento oficial está exento de divulgación si contiene información relativa al interés comercial de alguna persona u organización y la divulgación de esa información perjudicaría esos intereses.

Al constatar que la agencia se había retractado de su postura de que los documentos debían ser divulgados, el tribunal ordenó su divulgación. El tribunal declaró:

Una autoridad pública nunca debe eludir su responsabilidad de tomar una decisión que le corresponde por ley, con la expectativa de que el Tribunal cumpla con dicha responsabilidad. Cuando un documento no está exento según la Ley, la autoridad pública está obligada a divulgarlo.

La amenaza de una demanda nunca debe impedir que una autoridad pública cumpla su mandato conforme a la Ley.

[E]l Tribunal ha concluido que la información solicitada no está exenta bajo la Ley y debe ponerse a disposición del Apelante.