India: Rajesh Rangarajan contra Crop Care Federation of India, demanda penal. No. 1305 de 2010 (20.7.2010) (demanda SLAPP anulada)

Acceso a la justicia
Trajes SLAPP Calumnia/injuria/difamación

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EN LA CORTE SUPREMA DE LA INDIA
JURISDICCIÓN DE APELACIÓN PENAL

APELACIÓN PENAL NO. 1305 DE 2010
(Surgiendo de SLP(Crl.)No.3700 de 2008)

RAJESH RANGARAJAN... APELANTE(S)

VERSUS

M/S.CUIDADO DE CULTIVOS FED. DE LA INDIA Y ANR. … ENCUESTADO(S)

ORDEN

Escuché abogados expertos de las partes.

Licencia concedida

Esta apelación se dirige contra la sentencia y orden de fecha 13 de diciembre de 2007 dictadas por el Tribunal Superior de la Judicatura de Andhra Pradesh en la petición penal núm. 4155 de 2006. Sr. Raj Panjwani,
El abogado principal que compareció en representación del apelante nos llamó la atención sobre el Anexo P-1, que es el Informe del Comité de Investigación que trata sobre la muerte de agricultores debido a la exposición a pesticidas en el distrito de Warangal de Andhra Pradesh.

Hemos examinado atentamente el Informe. La página relevante del informe, que se encuentra en la página 40 del libro en papel, indica claramente que el Comité de Investigación no tenía como objetivo realizar un estudio de salud o una investigación científica en profundidad, sino realizar un estudio indicativo que condujera a una investigación más amplia. estudio de salud. El tenor general del informe indica que pretendía centrarse en los efectos nocivos de la exposición a los pesticidas. Es bastante evidente
del informe que no tenía como objetivo dañar, herir o difamar a ningún individuo ni a la empresa fabricante. El Sr. Panjwani, abogado principal que representó al apelante, también afirmó de manera justa que el informe no tenía como objetivo dañar o difamar a ningún individuo ni a los fabricantes de pesticidas. En nuestra considerada opinión, la denuncia presentada bajo las Secciones 120(B), 34, 500, 501 y 502 del Código Penal de la India carece de ingredientes básicos. Según nuestro punto de vista, no tendría ningún propósito útil permitir que el Tribunal de primera instancia proceda con la demanda que carece de los ingredientes básicos de las Secciones antes mencionadas. En consecuencia, desestimamos la denuncia.

Por tanto, habiendo sido desestimada la propia demanda, se estima el recurso de apelación y se anula la sentencia impugnada.

……………….J.
(DALVEER BHANDARI)

……………….J.
(VERMA PROFUNDA)

NUEVA DELHI;
20 DE JULIO DE 2010