Ecuador — Petición de impugnación de constitucionalidad de la Ley de Minería (17 de marzo de 2009) (traducción al inglés de la petición de la CONAIE)
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Caso CONAIE impugnando la Ley de Minería de Ecuador (2009)
De la petición:
5. El artículo 57, numeral 17 de la Constitución establece el derecho de las comunas, comunidades, pueblos y naciones indígenas a ser consultados antes de adoptar cualquier medida legislativa que pueda afectar cualquiera de sus derechos colectivos.
6. La Ley de Minería afecta los derechos colectivos de las naciones y pueblos indígenas porque regula las actividades mineras en áreas concedidas o por conceder que se encuentran dentro de territorios indígenas; y, porque regula el procedimiento de consulta a las naciones y pueblos (Art. 90 de la Ley de Minería). En consecuencia, antes de promulgar la Ley de Minería se debió realizar la consulta previa detallada en la Constitución.
7. Además, la decisión de promulgar la Ley de Minería debió dar cumplimiento al artículo 6 del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos y Tribus Indígenas, del cual Ecuador es signatario:
[Nota: Un segundo caso fue presentado contra la Ley de Minería en abril de 2009 por Acción Ecológica]