Benín: Seleccionar leyes plásticas

El plastico
La ley prohíbe la producción, importación, exportación, venta, conservación, distribución y uso de bolsas de plástico no biodegradables (artículos 2 a 4).

Ley plástica de Benin 

La ley prohíbe la producción, importación, exportación, venta, conservación, distribución y uso de bolsas de plástico no biodegradables (artículos 2 a 4).

La ley define una bolsa como “una pequeña bolsa o contenedor con o sin correa”, pero añade que una bolsa biodegradable es “una pequeña bolsa que se degrada debido a la actividad de los microorganismos y el oxígeno”. (Articulo 1).

La ley prohíbe tirar y derramar bolsas de plástico en calles, barrios, espacios públicos, en zonas rurales y urbanas, en redes de drenaje, en aguas, ríos y riberas, y en el mar. (Artículo 5).

El Ministerio de Medio Ambiente prescribirá el manejo y reciclaje de las bolsas autorizadas.

Sin embargo, la ley prevé las siguientes excepciones (artículo 9):

  • Los sobres destinados directamente al embalaje de productos manufacturados estarán sujetos a aprobación mediante orden ministerial;
  • Las bolsas no biodegradables destinadas a fines sanitarios, médicos, militares, bélicos, de investigación y experimentos científicos, o de salud pública o de seguridad nacional, estarán sujetas a la autorización especial del Ministro de Medio Ambiente.

La ley sólo autoriza la producción, importación, exportación, venta y distribución de productos biodegradables previa aprobación por parte del Ministerio de Medio Ambiente en condiciones que se decidirán mediante orden ministerial. (Artículo 7).

La ley establece sanciones penales y financieras en los artículos 12 a 18.