Proyectos que requieren EIA: Proyectos gubernamentales, Proyectos privados.
Evaluaciones abreviadas: Sí
Detalle de evaluaciones abreviadas: Para ciertos proyectos, el proponente debe preparar un "resumen del proyecto" que se presenta al Consejo Ambiental. Reglamento de la EIA, sec. 3. El contenido requerido del resumen del proyecto se describe en la sección 4 del Reglamento de la EIA. "Si el Consejo está convencido de que el proyecto no tendrá un impacto significativo en el medio ambiente, o que el resumen del proyecto revela suficientes medidas de mitigación para garantizar la aceptabilidad de los impactos anticipados, el Consejo dentro de los cuarenta días siguientes a la recepción del resumen del proyecto del desarrollador , emitir una carta de decisión, con las condiciones que correspondan, al efecto, al organismo autorizador." Reglamento de la EIA, sec. 6
Mejores prácticas en lugar de la EIA: No
Quién realiza la detección: Gobierno
Detalle de quién realiza la evaluación: "Cuando el Consejo determine que es probable que el proyecto tenga un impacto significativo en el medio ambiente, exigirá que se prepare una declaración de impacto ambiental de conformidad con el presente Reglamento." Reglamento de la EIA, sec. 7(2)
Criterios de detección: Lista o apéndice de tipos de proyectos o actividades. El proyecto o actividad propuesta puede causar un impacto ambiental significativo.
Criterios para el detalle de la selección: Reglamento de la EIA, sec. 7 y Segundo Horario
Quién prepara la EIA: Proponente del proyecto (con o sin contratista)
Quién prepara el detalle de la EIA: "El promotor preparará y pagará una declaración de impacto ambiental de conformidad con los términos de referencia preparados por él en consulta con el Consejo." Reglamento de la EIA, sec. 8(1)
Quién paga por la EIA: Proponentes del proyecto
Quién paga por el detalle de la EIA: "El promotor preparará y pagará una declaración de impacto ambiental de conformidad con los términos de referencia preparados por él en consulta con el Consejo." Reglamento de la EIA, sec. 8(1)
Calificaciones del contratista de EIA: Sí
Detalle de las calificaciones del contratista de la EIA: Aunque no existen calificaciones específicas enumeradas en la ley o los reglamentos de la EIA, el proponente del proyecto debe presentar los nombres y las calificaciones de las personas que prepararán la EIA al Consejo para su aprobación previa. Reglamento de la EIA, sec. 9(1). El Consejo podrá rechazar cualquier nombre que considere inadecuado junto con las razones del rechazo. Reglamento de la EIA, sec. 9(2).
Conflicto de intereses: No
Términos de referencia: Sí
Detalle de los términos de referencia: "[Un] desarrollador no podrá comenzar a trabajar en la preparación de la declaración de impacto ambiental hasta que el Consejo haya aprobado los términos de referencia". Reg. Parte II, sec. 8(5). El contenido requerido de los Términos de Referencia se establece en el Anexo Tercero del Reglamento de la EIA.
Días para la revisión del tomador de decisiones: 20-30 días
Aprobación automática: No
Decisión escrita: Sí
Detalle de la decisión escrita: Reglamentos de la EIA, secs. 21, 22 (El Consejo debe emitir una carta de decisión)
Autoridad para imponer condiciones: Sí
Detalle de la autoridad para imponer condiciones: "Al emitir su carta de decisión, el Consejo deberá, según sea el caso:... (b) especificar las condiciones que se adjuntarán, como Anexo a cualquier licencia de autorización, permiso o permiso otorgado al desarrollador con base en un plan de gestión de impacto proporcionada en una declaración de impacto ambiental; Incluyendo una actividad a programar para regir la implementación de las condiciones." Reg. Parte V, sec. 22(1)(b).
Caducidad de la Decisión: 3 años
Detalle de vencimiento de la decisión: "Si, tras la preparación de un informe de proyecto o una evaluación de impacto ambiental, se ha expedido una licencia de autorización, un permiso o un permiso pero no se han iniciado trabajos de preparación del terreno o de construcción en un plazo de tres años, el promotor deberá volver a registrar ante el organismo autorizador cualquier intención de desarrollar." Reglamento de la EIA, art. 30.
Garantías o Fianzas Financieras: No
Detalle de Garantías Financieras o Fianzas: Las garantías financieras no se mencionan en la ley ni en los reglamentos.