Marco legal
Reglamento de la EIA: Decreto N° 08/2022/ND-CP (2022)
Directrices de la EIA u otras orientaciones: Circular 02/2022/TT-BTNMT (2022)
Procedimiento de EIA
Proyectos que requieren EIA: Proyectos gubernamentales, Proyectos privados.
Evaluaciones abreviadas: No
Mejores prácticas en lugar de la EIA: No
Quién realiza la detección: Gobierno
Detalle de quién realiza la evaluación: Los proyectos de inversión se clasifican en uno de cuatro grupos según el riesgo de impactos ambientales adversos. Art. LOEP. 28(2)
Criterios de detección: Lista o apéndice de tipos de proyectos o actividades, El proyecto o actividad propuesta puede causar un impacto ambiental significativo, Posible impacto en un área protegida o adyacente a ella
Criterios para el detalle de la selección: Art. LOEP. 28; ver también Decreto N° 8/2022, art. 25.
Quién prepara la EIA: Proponente del proyecto (con o sin contratista)
Quién prepara el detalle de la EIA: "La EIA será realizada por el propietario del proyecto de inversión o por una consultoría calificada." Art. LOEP. 31
Quién paga por la EIA: Proponentes del proyecto
Quién paga por el detalle de la EIA: "La EIA será realizada por el propietario del proyecto de inversión o por una consultoría calificada." Art. LOEP. 31
Calificaciones del contratista de EIA: No
Conflicto de intereses:
Términos de referencia: No
Días para la revisión del tomador de decisiones: 30-45 días (dependiendo del tipo de proyecto de inversión) + 20 días (si hay revisiones)
Aprobación automática: No
Decisión escrita:
Detalle de la decisión escrita: La autoridad tasadora EIAR “[p]ublicará en su portal web las decisiones de aprobación de los resultados de la tasación EIAR” LOEP Art. 38(2). "[E]n caso de negativa a otorgar la aprobación, [la autoridad debe] responder al propietario del proyecto de inversión y proporcionarle una explicación por escrito." Art. LOEP. 34(9).
Autoridad para imponer condiciones:
Detalle de la autoridad para imponer condiciones: El propietario del proyecto debe "[r]evisar el contenido del proyecto de inversión y del EIAR de conformidad con el contenido y los requisitos de protección ambiental establecidos en la decisión sobre la aprobación del resultado de la evaluación del EIAR". Art. LOEP. 37(1). Esta disposición sugiere que las autoridades pueden incluir condiciones cuando aprueban un proyecto.
Caducidad de la Decisión: 7-10 años
Detalle de vencimiento de la decisión: La licencia ambiental tiene una vigencia de 7 años para proyectos de inversión del grupo I, y de 10 años para proyectos distintos al grupo I. LOEP Art. 40(4). Si el proyecto sufre cambios sustanciales durante la implementación, es posible que se le solicite al desarrollador del proyecto que prepare una nueva EIA. Véase LOEP, art. 37; Decreto N° 8/2022, art. 27(2).
Garantías o Fianzas Financieras: No
Contenido de la EIA
Equipo Interdisciplinario: No
Gama de alternativas: No
Alternativa sin acción: No
Tipo(s) de Análisis de Impacto: Impactos ambientales directos, Impactos sociales, Impactos culturales, Impactos económicos
Mitigación:
Detalle de mitigación: El informe de la EIA debe incluir "métodos para reducir otros impactos ambientales adversos del proyecto de inversión; plan de mejora y remediación ambiental (si lo hubiera); plan de compensación de biodiversidad (si lo hubiera); plan de respuesta y prevención de emergencias ambientales;" Art. LOEP. 32(g)
Planes de seguimiento:
Detalle de Planes de Monitoreo: El informe EIA deberá incluir un “programa de gestión y supervisión ambiental” LOEP Art. 32(h)
Acceso a la Información
Aviso Público del Borrador de EIA: No
Borrador de EIA disponible: No
Borradores de ubicaciones de la EIA: No disponible
Aviso Público de EIA Final:
Aviso público del detalle final de la EIA: "El propietario del proyecto presidirá y cooperará con el Comité Popular de la comuna donde se ejecuta el proyecto publicando el EIAR en el Comité Popular comunal y notificando la hora y el lugar de la reunión destinada a recabar las opiniones de los consultados especificados en el punto a cláusula. 1 de este artículo al menos 05 días antes de la reunión." Decreto N° 08/2022 Art. 26(3)(b)
EIA final disponible:
Detalle final disponible de la EIA: "El propietario del proyecto presidirá y cooperará con el Comité Popular de la comuna donde se ejecuta el proyecto publicando el EIAR en el Comité Popular comunal y notificando la hora y el lugar de la reunión destinada a recabar las opiniones de los consultados especificados en el punto a cláusula. 1 de este artículo al menos 05 días antes de la reunión." Decreto N° 08/2022 Art. 26(3)(b)
Ubicaciones finales de la EIA: Internet, Oficina del gobierno local
Tarifa para ver los documentos de la EIA: No
Disponibilidad de estudios de referencia: No
Disponibilidad de detalle de estudios de referencia: No existen disposiciones en las leyes de EIA relativas al acceso público a estudios de antecedentes o información asociada con la EIA. Esta información podrá ser accesible, sin embargo, a través de la ley de Acceso a la Información.
Aviso Público de Decisión Final:
Detalle del aviso público de decisión final:
Participación pública
Investigación de alcance público: No
Revisión pública de los TOR:
Oportunidades de participación pública: Reuniones Públicas y/o audiencias públicas
Reuniones públicas:
Detalle de reuniones públicas: "El titular del proyecto de inversión deberá realizar una consulta con los consultados [identificados en la ley]". La consulta sólo debe realizarse con personas y comunidades residenciales "bajo el impacto directo del proyecto de inversión". Art. LOEP. 33. Los proyectos de inversión incluidos en la lista de secretos de Estado están exentos de consulta. Art. LOEP. 33(7). Ver también Decreto N° 8/2022, art. 26.
Aportes del público en la reunión:
Aportes del público en detalle de la reunión: Art. LOEP. 33(4)a
Criterios para realizar una reunión pública: Se requiere automáticamente una reunión y/o audiencia pública
Comentarios públicos sobre el borrador de la EIA: No
Comentarios públicos sobre la EIA final: No especificado
Comentarios públicos sobre el detalle final de la EIA: La consulta ocurre durante la preparación de la EIA y no se desprende de la ley o los decretos de EIA que el público tenga la oportunidad de revisar o comentar sobre la EIA final.
Respuesta a los comentarios públicos: No
Facilitación de la participación pública: No
Revisión/ejecución judicial
Revisión Administrativa Ciudadana:
Revisión Judicial Ciudadana:
Detalle de Revisión Judicial Ciudadana: La revisión puede estar disponible a través de la Ordenanza sobre procedimientos para la solución de casos administrativos (disponible en https://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/en/vn/vn055en.pdf), modificada por el Nº 29/2006. /PL-UBTVQH11 (disponible en: https://wipolex-res.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/en/vn/vn056en.html)
Seguimiento del proyecto:
Detalle de seguimiento del proyecto: Luego de recibir la aprobación de la EIA, el desarrollador del proyecto debe adquirir una licencia ambiental. La licencia ambiental requiere seguimiento y presentación de informes. Art. LOEP. 48(3)
Aplicabilidad de la EIA: No
Aplicabilidad del permiso: No