Marco legal
Directrices de la EIA u otras orientaciones: Guía
Procedimiento de EIA
Proyectos que requieren EIA: Proyectos gubernamentales, Proyectos privados.
Evaluaciones abreviadas: No
Mejores prácticas en lugar de la EIA: No
Quién realiza la detección: Gobierno
Detalle de quién realiza la evaluación: La evaluación se lleva a cabo de acuerdo con una lista de actividades identificadas en la ley de EIA. Ver Ley EIA, art. 3(2), (3).
Criterios de detección: Lista o apéndice de tipos de proyectos o actividades
Criterios para el detalle de la selección: "La evaluación de impacto ambiental será obligatoria en el proceso de toma de decisiones sobre la realización de la actividad propuesta identificada en los párrafos 2 y 3 del presente artículo. Dicha actividad propuesta estará sujeta a la evaluación de impacto ambiental antes de la decisión sobre la realización Se realiza la actividad propuesta." Ley de EIA, art. 3.
Quién prepara la EIA: Proponente del proyecto (con o sin contratista)
Quién prepara el detalle de la EIA: "Se entiende por evaluación de impacto ambiental un procedimiento, consistente en:. . . .1) la elaboración de un informe de evaluación de impacto ambiental por parte del promotor[.]" Ley de EIA, art. 2(1)(1)
Quién paga por la EIA: Proponentes del proyecto
Quién paga por el detalle de la EIA: Aunque la ley de EIA no menciona específicamente que el desarrollador del proyecto sea responsable de los costos de preparación de la EIA, se puede suponer por el contexto. Ver, por ejemplo, "El desarrollador correrá con los costos relacionados con las consultas públicas". Ley de EIA, art. 7(8).
Calificaciones del contratista de EIA: No
Conflicto de intereses: No
Términos de referencia: No
Días para la revisión del tomador de decisiones: No especificado
Aprobación automática: No
Decisión escrita:
Detalle de la decisión escrita: La conclusión de la EIA la emite una autoridad ambiental competente (ya sea local o central según las circunstancias). La conclusión es vinculante para su implementación aunque una autoridad pública diferente pueda emitir una decisión final que permita que el proyecto o actividad continúe. El contenido requerido de la conclusión se describe en el artículo 9 de la ley de EIA y debe ponerse a disposición del público dentro de los 3 días posteriores a su finalización.
Autoridad para imponer condiciones:
Detalle de la autoridad para imponer condiciones: Las autoridades locales o centrales competentes "determinarán las condiciones ambientales para la realización" de la actividad propuesta. Ley de EIA, art. 9(1). Además, "si la autoridad pública o la autoridad de autogobierno local así lo decide, la decisión sobre la realización de la actividad propuesta podrá incluir las condiciones ambientales para llevar a cabo la actividad propuesta". Ley de EIA, art. 11(2).
Caducidad de la Decisión: 5 años
Detalle de vencimiento de la decisión: "La conclusión del estudio de impacto ambiental dejará de ser válida transcurridos cinco años si no se ha tomado la decisión de realizar la actividad propuesta." Ley de EIA, art. 9(8).
Garantías o Fianzas Financieras: No
Detalle de Garantías Financieras o Fianzas: La ley de EIA no exige garantías financieras.
Contenido de la EIA
Equipo Interdisciplinario: No
Gama de alternativas:
Detalle de la gama de alternativas: La EIA deberá incluir "una descripción de las alternativas razonables... relevantes para la actividad propuesta", incluidas alternativas geográficas o tecnológicas. Ley de EIA, art. 6(2).
Alternativa sin acción: No
Tipo(s) de Análisis de Impacto: Impactos ambientales directos, Impactos ambientales acumulativos, Impactos sociales, Impactos culturales, Impactos en la salud, Otros
Mitigación:
Detalle de mitigación: El informe de la EIA debe incluir "medidas para prevenir o mitigar los efectos de las emergencias en el medio ambiente y las medidas de respuesta a las emergencias". Ley de EIA, art. 5(2)(8).
Planes de seguimiento:
Detalle de Planes de Monitoreo: El informe EIA deberá incluir "un esquema de los programas de seguimiento y control de los efectos sobre el medio ambiente por la realización de la actividad propuesta". Ley de EIA, art. 6(2)(11)
Acceso a la Información
Aviso Público del Borrador de EIA: No
Borrador de EIA disponible: No
Detalle disponible del borrador de la EIA: Un borrador de EIA no se pone a disposición del público.
Borradores de ubicaciones de la EIA: No disponible
Aviso Público de EIA Final:
Aviso público del detalle final de la EIA: La EIA se pondrá a disposición del público dentro de los tres días hábiles siguientes a su presentación a la autoridad competente. Ley de EIA, art. 4(3), (4).
EIA final disponible:
Detalle final disponible de la EIA: El informe y la documentación de la EIA deben estar disponibles en numerosos lugares públicos, así como en Internet. Ley de EIA, art. 4(4), (5), (10).
Ubicaciones finales de la EIA: Internet, agencia u oficina ministerial
Tarifa para ver los documentos de la EIA: No
Disponibilidad de estudios de referencia:
Disponibilidad de detalle de estudios de referencia: "El informe de evaluación de impacto ambiental y demás documentación requerida para la evaluación de impacto ambiental y proporcionados por el promotor deberán estar abiertos... y presentados por la autoridad competente, la autoridad de autogobierno local y el promotor para su examen." Ley de EIA, art. 4(5). Alguna información confidencial puede excluirse en circunstancias excepcionales. Ver art. 4(8).
Aviso Público de Decisión Final:
Detalle del aviso público de decisión final:
Participación pública
Investigación de alcance público:
Detalle del alcance público: "[E]l público podrá remitir... sus comentarios y sugerencias sobre la actividad propuesta, el alcance de la evaluación y el nivel de detalle de la información a incluir en el informe de evaluación de impacto ambiental. Ley de EIA, Art. 5(7) ).
Revisión pública de los TOR:
Revisión pública del detalle de los TOR: No se han preparado términos de referencia.
Oportunidades de participación pública: Alcance, reuniones públicas y/o audiencias públicas, revisión de la EIA final
Reuniones públicas:
Detalle de reuniones públicas: "Las consultas públicas en el proceso de evaluación de impacto ambiental se realizarán con el fin de identificar, recoger y tener en cuenta comentarios y sugerencias del público a la actividad propuesta." Ley de EIA, art. 7(1). "Las consultas públicas sobre la actividad propuesta después de la presentación del informe de evaluación de impacto ambiental se llevarán a cabo en forma de audiencias públicas y mediante la presentación de comentarios y sugerencias por escrito (incluso en formato electrónico)". Ley de EIA, art. 7(5)
Aportes del público en la reunión:
Aportes del público en detalle de la reunión: El público podrá comentar sobre la actividad propuesta por escrito durante el período de consulta pública o de forma oral durante las consultas. Ley de EIA, art. 7(2).
Criterios para realizar una reunión pública: Se requiere automáticamente una reunión y/o audiencia pública
Comentarios públicos sobre el borrador de la EIA: No
Comentarios públicos sobre el detalle del borrador de la EIA: Un borrador de EIA no se pone a disposición del público.
Comentarios públicos sobre la EIA final: 25-35 días
Comentarios públicos sobre el detalle final de la EIA: "El público tendrá derecho a presentar cuantos comentarios o sugerencias considere pertinentes sobre la actividad propuesta sin necesidad de fundamentarlos." Ley de EIA, art. 7(2). Dichos comentarios pueden escribirse y presentarse durante consultas públicas o de forma oral durante las consultas. Identificación.
Respuesta a los comentarios públicos:
Detalle de la respuesta a los comentarios públicos: "El desarrollador deberá aceptar total, parcialmente o rechazar razonablemente los comentarios y sugerencias del público presentados a través de las consultas públicas." Ley de EIA, art. 5(10).
Facilitación de la participación pública: No
Revisión/ejecución judicial
Revisión Administrativa Ciudadana: No
Revisión Judicial Ciudadana:
Detalle de Revisión Judicial Ciudadana: El EIA "puede ser impugnado por cualquier persona física o jurídica mediante procedimiento judicial". Ley de EIA, art. 12(1). Según el Código de Procedimientos Jurídicos Administrativos de Ucrania: "En los tribunales administrativos se puede apelar contra cualquier decisión, acción u omisión de sujetos con poderes de autoridad", excepto en los casos en que la Constitución o las leyes establezcan otro procedimiento judicial". Procedimientos legales administrativos de Ucrania, Art. 2, sección 2 (2005) (disponible en http://cis-legislation.com/document.fwx?rgn=10720).
Seguimiento del proyecto: A veces
Detalle de seguimiento del proyecto: "Cuando lo prevea la conclusión de la evaluación de impacto ambiental, el promotor garantizará el seguimiento posterior al proyecto con vistas a identificar posibles discrepancias y desviaciones de los niveles previstos de exposición y la eficacia de las medidas de prevención de la contaminación ambiental y mitigación de la misma." Ley de EIA, art. 13
Aplicabilidad de la EIA:
Aplicabilidad del permiso: No