Proyectos que requieren EIA: Proyectos gubernamentales, Proyectos privados.
Evaluaciones abreviadas: Sí
Detalle de evaluaciones abreviadas: Para proyectos caracterizados como B1 (límite), el desarrollador del proyecto debe presentar un informe de alcance que funciona como una EIA abreviada. El Consejo evaluará el proyecto de acuerdo con los criterios del Segundo Anexo y, si está satisfecho de que el proyecto no tendrá impactos negativos significativos en el medio ambiente, puede recomendar la aprobación del proyecto. Reglamentos de la EIA, secs. 8, 9. Si pueden ocurrir impactos negativos significativos, se requiere una EIA completa. Para los proyectos clasificados B2 (no obligatorios), el proponente del proyecto debe presentar un resumen del proyecto que describa, en la parte relevante, los impactos potenciales, la preparación para emergencias, los planes de mitigación y monitoreo, y el presupuesto del proyecto. El resumen del proyecto es revisado por el Consejo, que puede aprobar o desaprobar el proyecto. Reglamentos de la EIA, secs. 6, 7.
Mejores prácticas en lugar de la EIA: No
Quién realiza la detección: Gobierno
Detalle de quién realiza la evaluación: Envtl. administración Ley, sec. 81(1); Reglamento de la EIA, sec. 9.
Criterios de detección: Lista o apéndice de tipos de proyectos o actividades, El proyecto o actividad propuesta puede causar un impacto ambiental significativo, Posible impacto en un área protegida o adyacente a ella, Otros
Criterios para el detalle de la selección: Reglamento de EIA, Anexo Primero: Categorías de Proyectos; Reglamento de EIA, Segundo Anexo: Criterios de Selección de Proyectos
Quién prepara la EIA: Proponente del proyecto (con o sin contratista)
Quién prepara el detalle de la EIA: Envtl. administración Ley, sec. 81(1)
Quién paga por la EIA: N / A
Calificaciones del contratista de EIA: Sí
Detalle de las calificaciones del contratista de la EIA: Las EIA "deberán ser realizadas por expertos o firmas de expertos cuyos nombres y calificaciones estén registrados como tales por el Consejo". Envtl. administración Ley, sec. 83. Además, el Ministro prescribirá las calificaciones de una persona que pueda realizar una EIA. Envtl. administración Ley, sec. 83(2). Véase también el Reglamento de la EIA, sec. 14 ("Las evaluaciones de impacto ambiental serán realizadas por expertos o firmas de expertos cuyos nombres hayan sido debidamente certificados y registrados de conformidad con las disposiciones del Reglamento Ambiental (Registro de Expertos Ambientales) de 2005.")
Conflicto de intereses: Sí
Términos de referencia: Sí
Detalle de los términos de referencia: El proponente del proyecto presenta términos de referencia con el informe de alcance. Reglamento de la EIA, sección 10(3). Véase también el Reglamento de la EIA, Sec. 11 (“El Consejo podrá preparar directrices para Términos de Referencia Específicos del Sector para guiar al desarrollador o al proponente en la preparación de Términos de Referencia para realizar el estudio de EIA”).
Días para la revisión del tomador de decisiones: 90
Aprobación automática: No
Decisión escrita: Sí
Detalle de la decisión escrita: Envtl. administración Ley, sec. 92(2); Reglamento de la EIA, sec. 31(2)
Autoridad para imponer condiciones: Sí
Detalle de la autoridad para imponer condiciones: El Ministro podrá aprobar una DIA sujeto a las condiciones que él mismo determine. Envtl. Ley de gestión, sec. 92(1)(c); ver también Reglamentos de la EIA, sec. 33(2)(b) (más especificidad sobre la autoridad para imponer condiciones)
Caducidad de la Decisión: 3 años
Detalle de vencimiento de la decisión: Si no se ha iniciado ningún desarrollo dentro de los 3 años posteriores a la emisión del certificado, el proponente del proyecto debe volver a registrar la intención de desarrollar. Reglamento de la EIA, sec. 41
Garantías o Fianzas Financieras: No