Procedimiento de EIA
Proyectos que requieren EIA: Proyectos gubernamentales, Proyectos privados.
Evaluaciones abreviadas:
Detalle de evaluaciones abreviadas: Los proyectos de Categoría I no requieren una EIA. Los proyectos de categoría II son aquellos con impactos moderados que pueden mitigarse con medidas relativamente simples. Para estos proyectos se requiere una EIA "semidetallada" (EIA-sd). Ley N° 27446, art. 4
Mejores prácticas en lugar de la EIA: No
Quién realiza la detección: Gobierno
Detalle de quién realiza la evaluación: Ley N° 27446, Arts. 2, 4, 5
Criterios de detección: El proyecto o actividad propuesta puede causar un impacto ambiental significativo
Criterios para el detalle de la selección: Para determinar si se requiere una EIA, la autoridad ambiental debe considerar criterios ambientales, incluida la protección de la salud pública, los recursos naturales, las áreas protegidas, la flora y la fauna, la diversidad biológica y los recursos culturales/arquitectónicos. Ley N° 27446, art. 5
Quién prepara la EIA: Proponente del proyecto (con o sin contratista)
Quién prepara el detalle de la EIA: "Los estudios ambientales, cronogramas y demás documentos, deben ser firmados por el propietario y los profesionales responsables de su elaboración, así mismo el estudio ambiental debe ser firmado por los representantes de la consultora encargada de su trámite. Todos los documentos presentados como parte del SEIA son una declaración jurada para todos los efectos legales, por lo que el titular, los representantes de la consultoría que la realiza y los demás profesionales que la suscriban son responsables de la veracidad de su contenido." Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, art. 50
Quién paga por la EIA: Proponentes del proyecto
Calificaciones del contratista de EIA:
Detalle de las calificaciones del contratista de la EIA: Las normas generales sobre calificación y registro de contratistas se encuentran en el Título V del Decreto Supremo No 019-2009-MINAM (Arts. 72-74). Cuando se establecen calificaciones específicas para los contratistas de EIA, es responsabilidad del ministerio que supervisa el sector en particular. Por ejemplo en el sector minero existe el "Registro de Entidades Autorizadas a Realizar Estudios de Impacto Ambiental" aprobado mediante Resolución Ministerial N° 580-98-EM/VMM.
Conflicto de intereses: No
Términos de referencia:
Detalle de los términos de referencia: Ley N° 27446, art. 8. El proponente del proyecto presenta un borrador de términos de referencia para la EIA con la solicitud de licencia.
Días para la revisión del tomador de decisiones: 120 días
Aprobación automática: No
Decisión escrita:
Detalle de la decisión escrita: La autoridad deberá emitir resolución escrita aprobando o rechazando el proyecto. Ley N° 27446, art. 54
Autoridad para imponer condiciones:
Detalle de la autoridad para imponer condiciones: La resolución podrá contener condiciones. Ley N° 27446, art. 12(1)
Caducidad de la Decisión: 3 años
Detalle de vencimiento de la decisión: Si el proponente del proyecto no inicia actividades dentro de los tres años, podrá solicitar una prórroga de 2 años.
Garantías o Fianzas Financieras: A veces
Detalle de Garantías Financieras o Fianzas: El proponente del proyecto, según las normas generales sobre EIA, no proporciona una garantía financiera excepto para cubrir la implementación del plan de cierre. Sin embargo, el sector minero es el único área donde los criterios para las garantías financieras se abordan en detalle.
Contenido de la EIA
Equipo Interdisciplinario:
Detalle del equipo interdisciplinario: Decreto Supremo No 019-2009-MINAM, art. 72-74
Gama de alternativas:
Detalle de la gama de alternativas: Los términos de referencia básicos para una EIA detallada requieren "evaluación de varias alternativas de proyecto..." Decreto Supremo No 019-2009-MINAM, Anexo IV, sección 2(h).
Alternativa sin acción: No
Tipo(s) de Análisis de Impacto: Impactos ambientales directos, Impactos ambientales acumulativos, Impactos sociales, Impactos culturales, Impactos en la salud, Impactos económicos, Equidad de género
Mitigación:
Detalle de mitigación: Una EIA debe contener un plan/estrategia de gestión ambiental. Decreto Supremo No. 019-2009-MINAM, art. 28
Planes de seguimiento:
Detalle de Planes de Monitoreo: El seguimiento está incluido en el plan de gestión ambiental. El plan debe incluir un sistema de monitoreo ambiental y asignar responsabilidades específicas para asegurar el cumplimiento de las medidas contenidas en el Plan de Manejo Ambiental. Decreto Supremo No. 019-2009-MINAM, Anexo III, art. 6(b)
Acceso a la Información
Aviso Público del Borrador de EIA:
Borrador de EIA disponible: No
Borradores de ubicaciones de la EIA: No disponible
Aviso Público de EIA Final:
EIA final disponible:
Detalle final disponible de la EIA: En principio, se supone que la EIA es de fácil acceso, pero, en la práctica, a las comunidades cercanas a un proyecto propuesto les resulta difícil obtener información.
Ubicaciones finales de la EIA: Internet, oficina de agencia o ministerio, oficina del gobierno local
Tarifa para ver los documentos de la EIA: No
Disponibilidad de estudios de referencia:
Disponibilidad de detalle de estudios de referencia: "Todos los documentos incluidos en el expediente administrativo de evaluación de impacto ambiental son públicos, excepto la información expresamente declarada secreta o confidencial, de conformidad con lo establecido en el Texto Modificado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información - Ley N° 27806, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003 PCM." Decreto Supremo No 019-2009-MINAM, art. 66
Aviso Público de Decisión Final:
Detalle del aviso público de decisión final:
Participación pública
Investigación de alcance público: A veces
Detalle del alcance público: Cuando corresponde, se realiza una divulgación pública antes de que se prepare la EIA. Resolución Ministerial N° 239-2010-MINAM
Revisión pública de los TOR:
Oportunidades de participación pública: Revisión del borrador de EIA, Reuniones Públicas y/o audiencias públicas
Reuniones públicas:
Detalle de reuniones públicas: Decreto Supremo No 019-2009-MINAM, art. 68
Aportes del público en la reunión:
Aportes del público en detalle de la reunión: Decreto Supremo No 019-2009-MINAM, art. 68
Criterios para realizar una reunión pública: Se requiere automáticamente una reunión y/o audiencia pública
Días para que el público revise la EIA final: Variable
Comentarios públicos sobre el borrador de la EIA:
Comentarios públicos sobre el detalle del borrador de la EIA: El proceso para presentar comentarios está determinado por las regulaciones/directrices sectoriales específicas.
Comentarios públicos sobre la EIA final: 0
Respuesta a los comentarios públicos: A veces
Detalle de la respuesta a los comentarios públicos: De acuerdo con la Ley General del Medio Ambiente, los comentarios públicos deben ser sistematizados e incorporados al EIA y, en caso contrario, fundamentarse. Sin embargo, en la práctica esta obligación no se cumple.
Facilitación de la participación pública:
Detalle de Facilitación de la Participación Pública: La autoridad competente podrá exigir que el Resumen Ejecutivo de la EIA se traduzca al idioma predominante de la localidad donde se propondrá el proyecto. Cuando el idioma predominante sea tal que no sea posible una traducción escrita del Resumen Ejecutivo, la Autoridad Competente podrá solicitar la presentación de una versión magnética, audio digital u otro medio apropiado para su difusión. Decreto Supremo No 019-2009-MINAM, art. 67. Véase también el artículo 70, que menciona expresamente el Convenio 169 de la OIT.
Revisión/ejecución judicial
Revisión Administrativa Ciudadana: No
Revisión Judicial Ciudadana: No
Seguimiento del proyecto:
Detalle de seguimiento del proyecto: La legislación peruana prevé el monitoreo ambiental para asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas en la EIA. Además, en algunos sectores (por ejemplo, el petrolero) existen mecanismos de participación ciudadana en el seguimiento comunitario de las actividades. Esto no reemplaza el poder de las autoridades ambientales, sino que lo complementa.
Aplicabilidad de la EIA: No
Aplicabilidad del permiso: No