Proyectos que requieren EIA: Proyectos gubernamentales, Proyectos privados.
Evaluaciones abreviadas: Sí
Detalle de evaluaciones abreviadas: Un implementador de proyecto obligado a obtener aprobación, etc. deberá preparar un breve informe de evaluación de impacto ambiental y presentarlo al jefe de la agencia de aprobación antes de obtener la aprobación, etc. con respecto a un proyecto sujeto a una breve evaluación de impacto ambiental. Ley de EIA, art. 44(1); ver también Decreto Presidencial 28211, sec. 60 (que describe los requisitos para la EIA a pequeña escala).
Mejores prácticas en lugar de la EIA: No
Quién realiza la detección: Desarrollador
Detalle de quién realiza la evaluación: Arte. 22 de la Ley EIA enumera los proyectos que están sujetos a evaluación de impacto ambiental. Ver también la Tabla 3 del Decreto de Aplicación 28211 para el alcance específico de los proyectos sujetos a evaluación de impacto ambiental.
Criterios de detección: Lista o apéndice de tipos de proyectos o actividades, Otros
Criterios para el detalle de la selección: La selección se logra principalmente haciendo referencia a una lista de tipos de proyectos. El artículo 22 de la Ley de EIA enumera explícitamente los proyectos que están sujetos a una evaluación de impacto ambiental. Ver también la Tabla 3 del Decreto de Aplicación 28211 para el alcance específico de los proyectos sujetos a evaluación de impacto ambiental. Además, los proyectos que quedan fuera de la Ley de EIA pueden estar sujetos a una evaluación de impacto ambiental según la Ordenanza Municipal de la Ciudad/Do. Ley de EIA, art. 42.
Quién prepara la EIA: Proponente del proyecto (con o sin contratista)
Quién prepara el detalle de la EIA: "El ejecutor del proyecto preparará un proyecto de informe de evaluación de impacto ambiental sobre los elementos, etc., para la evaluación de impacto ambiental, determinado de conformidad con el artículo 24, y obtendrá el consenso de los residentes al respecto. . . ." Ley de EIA, art. 25(1)
Quién paga por la EIA: Proponentes del proyecto
Quién paga por el detalle de la EIA: Ni la Ley de EIA ni el Decreto Presidencial especifican quién es responsable de pagar el costo de preparación de la EIA. El proponente del proyecto prepara el proyecto de EIA (Ley de EIA, artículo 25(1)); por lo tanto, se supone que el proponente del proyecto también paga la evaluación completa.
Calificaciones del contratista de EIA: Sí
Detalle de las calificaciones del contratista de la EIA: Los evaluadores de impacto ambiental deben "aprobar con éxito un examen de calificación realizado por el Ministro de Medio Ambiente". Ley de EIA, art. 63(1). La Ley también enumera varias condiciones que descalifican a un individuo para ocupar el cargo de Tasador de Impacto Ambiental. Véase el artículo de la EIA. 63(2).
Conflicto de intereses: Sí
Términos de referencia: Sí
Detalle de los términos de referencia: El implementador del proyecto debe preparar una "declaración preparatoria para la evaluación" antes de realizar la EIA. Esta evaluación es revisada por el jefe de la agencia aprobadora para determinar el alcance de la EIA y qué temas se abordarán. Ley de EIA, art. 24.
Días para la revisión del tomador de decisiones: 30 dias
Aprobación automática: No
Decisión escrita: No
Detalle de la decisión escrita: Ni la Ley de EIA ni el Decreto Presidencial exigen que se emita una decisión por escrito.
Autoridad para imponer condiciones: Sí
Detalle de la autoridad para imponer condiciones: "[E]l Ministro de Medio Ambiente podrá notificar al jefe del organismo administrativo competente los términos y condiciones acordados, siempre que dichos términos y condiciones se reflejen en el plan correspondiente: 1) Cuando cualquier asunto que deba modificarse o ajustarse sea insignificante; 2 ) Cuando sea posible modificar o ajustar el plan correspondiente antes de formularlo o finalizarlo." Ley de EIA, art. 18
Caducidad de la Decisión: No especificado
Garantías o Fianzas Financieras: No