Proyectos que requieren EIA: Proyectos gubernamentales, Proyectos privados.
Evaluaciones abreviadas: Sí
Detalle de evaluaciones abreviadas: Los proyectos clasificados en la categoría de menor impacto solo necesitan presentar una Evaluación Ambiental Inicial o Autoevaluación (el documento presentado para evaluación y alcance en el proceso completo de EIA). La autoridad emitirá su autorización con base en este documento. Reglamento de la EIA, artículo 32
Mejores prácticas en lugar de la EIA: No
Quién realiza la detección: Gobierno
Detalle de quién realiza la evaluación: La autoridad toma decisiones de selección sobre la base de un documento de Evaluación Ambiental Inicial. Reglamento de la EIA, artículo 15
Criterios de detección: Lista o apéndice de tipos de proyectos o actividades, Posible impacto en un área protegida o adyacente a ella
Criterios para el detalle de la selección: Reglamento de EIA, artículo 12; Acuerdo Gubernativo No 134-2005, Artículo 1
Quién prepara la EIA: Proponente del proyecto (con o sin contratista)
Quién paga por la EIA: Proponentes del proyecto
Calificaciones del contratista de EIA: Sí
Detalle de las calificaciones del contratista de la EIA: Reglamento de la EIA, artículo 82
Conflicto de intereses: No
Términos de referencia: Sí
Detalle de los términos de referencia: Reglamento EIA, Artículos 30 y 31
Días para la revisión del tomador de decisiones: 30-90 días (dependiendo de la clasificación del proyecto)
Aprobación automática: Sí
Decisión escrita: Sí
Autoridad para imponer condiciones: Sí
Detalle de la autoridad para imponer condiciones: Reglamento de EIA, artículo 25
Caducidad de la Decisión: Variable (especificada en la autorización)
Detalle de vencimiento de la decisión: Reglamento de la EIA, artículo 49
Garantías o Fianzas Financieras: Sí
Detalle de Garantías Financieras o Fianzas: Reglamento de EIA, Artículo 63. Sólo se exceptúan de este requisito los proyectos bajo la categoría “C”, que no presenten un EIA completo. Reglamento de EIA, Artículo 64.