Matriz de la Ley de EIA

República Dominicana
Procedimiento de EIA
Proyectos que requieren EIA: Proyectos gubernamentales, Proyectos privados.
Evaluaciones abreviadas:
Detalle de evaluaciones abreviadas: Los proyectos de categoría C y D generan impactos ambientales mínimos y su evaluación no alcanza el nivel de una EIA completa. Al recibir la solicitud, el Ministerio visitará el proyecto y redactará un informe estableciendo que el proyecto cumple con los criterios de Categoría C o D. Compendio EIA, Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, Arts. 3.2.4 y 3.2.5.
Mejores prácticas en lugar de la EIA: No
Quién realiza la detección: Gobierno
Detalle de quién realiza la evaluación: Cualquier proyecto, infraestructura, industria o cualquier otra actividad que pueda afectar el medio ambiente y los recursos naturales deberá obtener un permiso ambiental del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Ley 64-00, art. 40; Compendio EIA, Reglamento del Proceso de Evaluación Ambiental, art. 21.
Criterios de detección: Lista o apéndice de tipos de proyectos o actividades. El proyecto o actividad propuesta puede causar un impacto ambiental significativo.
Criterios para el detalle de la selección: Cualquier proyecto, infraestructura, industria o cualquier otra actividad que pueda afectar el medio ambiente y los recursos naturales deberá obtener un permiso ambiental del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Ley 64-00, art. 40. Ver también Ley 64-00, art. 41 con una lista no exhaustiva de proyectos que requieren un proceso de EIA y Compendio de EIA, Anexo A con una lista de proyectos y actividades y sus respectivas categorías de permisos.
Quién prepara la EIA: Proponente del proyecto (con o sin contratista)
Quién prepara el detalle de la EIA: Compendio EIA, Reglamento del Proceso de Evaluación Ambiental, art. 22.
Quién paga por la EIA: Proponentes del proyecto
Quién paga por el detalle de la EIA: Todos los pagos relacionados con el proceso de EIA deberán ser asumidos por el proponente del proyecto y no serán reembolsables. Ley 64-00, art. 42. Véase también Compendio de EIA, Reglamento del Proceso de Evaluación Ambiental, art. 44.
Calificaciones del contratista de EIA:
Detalle de las calificaciones del contratista de la EIA: El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales adoptó reglamentos en 2005 para establecer los requisitos y calificaciones de los contratistas de EIA y consultores ambientales. Ver http://ambiente.gob.do/transparencia/base-legal-de-la-institucion/reglamentos/
Conflicto de intereses: No
Términos de referencia:
Detalle de los términos de referencia: Compendio EIA, Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, art. 3.3.
Días para la revisión del tomador de decisiones: 126-190 días
Aprobación automática: N / A
Decisión escrita:
Detalle de la decisión escrita: El proceso de EIA culminará con la decisión del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales la cual será comunicada por escrito al proponente del proyecto. Compendio EIA, Reglamento del Proceso de Evaluación Ambiental, art. 33.
Autoridad para imponer condiciones:
Detalle de la autoridad para imponer condiciones: El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, con base en la nomenclatura de la actividad, obra o proyecto, emitirá las normas técnicas, estructura, contenido, disposiciones y lineamientos metodológicos necesarios durante la vigencia de los permisos y licencias ambientales, que establecerse de acuerdo con la magnitud de los impactos ambientales. Ley 64-00, art. 42, párr. I.
Caducidad de la Decisión: 5 años
Detalle de vencimiento de la decisión: Compendio EIA, Reglamento del Proceso de Evaluación Ambiental, art. 8.
Garantías o Fianzas Financieras:
Detalle de Garantías Financieras o Fianzas: El proponente del proyecto deberá aportar una fianza ambiental equivalente al diez por ciento (10 %) del total de los costos e inversiones del proyecto. Ley 64-00, art. 47.
Contenido de la EIA
Equipo Interdisciplinario:
Detalle del equipo interdisciplinario: Los informes de EIA deben ser preparados por un equipo interdisciplinario de contratistas de EIA y consultores ambientales. Compendio EIA, Reglamento del Proceso de Evaluación Ambiental, art. 26.
Gama de alternativas: No
Alternativa sin acción: No
Tipo(s) de Análisis de Impacto: Impactos ambientales directos, Impactos ambientales acumulativos, Impactos sociales
Mitigación: No
Planes de seguimiento: No
Acceso a la Información
Aviso Público del Borrador de EIA: No
Borrador de EIA disponible: No
Detalle disponible del borrador de la EIA: Un borrador de EIA no está disponible para revisión pública.
Borradores de ubicaciones de la EIA: No disponible
Aviso Público de EIA Final:
Aviso público del detalle final de la EIA: El proponente del proyecto deberá dar aviso público de la EIA final en un periódico de circulación nacional. Ver Compendio de EIA, Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, art. 4.6.
EIA final disponible:
Detalle final disponible de la EIA: El Departamento de Participación Social del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales mantendrá una copia del informe de EIA para fines de consulta. Ver Compendio EIA, Reglamento del Proceso de Evaluación Ambiental, art. 38.
Ubicaciones finales de la EIA: Oficina de agencia u ministerio
Tarifa para ver los documentos de la EIA: No
Disponibilidad de estudios de referencia: No
Disponibilidad de detalle de estudios de referencia: La ley y los reglamentos de la EIA no exigen que los estudios de referencia estén disponibles para inspección pública.
Aviso Público de Decisión Final:
Detalle del aviso público de decisión final:
Participación pública
Investigación de alcance público:
Detalle del alcance público: Compendio EIA, Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, art. 4.
Revisión pública de los TOR: No
Revisión pública del detalle de los TOR: Los miembros del público no pueden revisar los términos de referencia antes de que estén finalizados.
Oportunidades de participación pública: Alcance, reuniones públicas y/o audiencias públicas, revisión de la EIA final
Reuniones públicas:
Detalle de reuniones públicas: Los proyectos de categoría A y B requieren reuniones públicas. Ver Compendio de EIA, Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, art. 4.1 y 4.2.
Aportes del público en la reunión:
Aportes del público en detalle de la reunión: A los miembros del público se les permite hablar en la reunión pública. Los resultados de las discusiones deberán documentarse a través de fotografías, videos, transcripciones de la discusión, registro de participantes, entre otros. Ver Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental, art. 4.2.
Criterios para realizar una reunión pública: Se requiere automáticamente una reunión y/o audiencia pública
Comentarios públicos sobre el borrador de la EIA: No
Comentarios públicos sobre la EIA final: 15 días
Comentarios públicos sobre el detalle final de la EIA: Cualquier interesado, y el público en general, tendrá quince días hábiles, luego de la publicación del EIA en un diario de circulación nacional, para formular comentarios que serán tomados en consideración en el proceso del EIA. Ver Compendio EIA, Reglamento del Proceso de Evaluación Ambiental, art. 38.
Respuesta a los comentarios públicos:
Detalle de la respuesta a los comentarios públicos: Los comentarios y observaciones recibidos en el proceso de consulta pública formarán parte de la información a considerar por el Ministerio para tomar una decisión final. Compendio EIA, Reglamento del Proceso de Evaluación Ambiental, art. 40.
Facilitación de la participación pública: No
Revisión/ejecución judicial
Revisión Administrativa Ciudadana:
Revisión Judicial Ciudadana:
Detalle de Revisión Judicial Ciudadana: Los ciudadanos pueden recurrir a la revisión judicial de las decisiones administrativas en los Tribunales de Primera Instancia. Ver en general Ley N° 821 de Organización Judicial.
Seguimiento del proyecto:
Detalle de seguimiento del proyecto: El proponente del proyecto debe presentar periódicamente informes de cumplimiento ambiental al Ministerio para su revisión. El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales también deberá realizar inspecciones ambientales con fines de seguimiento y control. Compendio EIA, Reglamento del Proceso de Evaluación Ambiental, Arts. 41 y 42.
Aplicabilidad de la EIA:
Aplicabilidad del permiso:
Detalle de la aplicabilidad del permiso: Los ciudadanos podrán presentar denuncias ante el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales para hacer cumplir los términos y condiciones incluidos en el permiso o licencia, especialmente cuando exista daño o degradación ambiental. Ley 64-00, art. 176.