Proyectos que requieren EIA: Proyectos gubernamentales, Proyectos privados.
Evaluaciones abreviadas: Sí
Detalle de evaluaciones abreviadas: El sistema nacional de EIA no permite evaluaciones abreviadas, pero varios estados utilizan estudios ambientales simplificados tales como: Informe Ambiental Simplificado; Informe de Factibilidad Ambiental; Informe de Evaluación Ambiental; Informe de Control Ambiental; y Estudio de Viabilidad Ambiental.
Mejores prácticas en lugar de la EIA: No
Quién realiza la detección: Gobierno
Criterios de detección: Lista o apéndice de tipos de proyectos o actividades. El proyecto o actividad propuesta puede causar un impacto ambiental significativo.
Criterios para el detalle de la selección: "Para garantizar la efectividad de este derecho [a un medio ambiente ecológicamente equilibrado], corresponde al Gobierno... exigir, en la forma prescrita por la ley, la instalación de obras y actividades que puedan causar una degradación significativa del el medio ambiente, un estudio previo de impacto ambiental, el cual se hará público[.]" Constitución Federal Capítulo VI, artículo 225, párr. 1(4). Las listas y apéndices de tipos de proyectos se encuentran en el Anexo I de la Resolución 237/97 del Consejo Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) y en otros Instructivos y Ordenanzas Normativas del Estado.
Quién prepara la EIA: Proponente del proyecto (con o sin contratista)
Quién prepara el detalle de la EIA: Los estudios requeridos para el proceso de licenciamiento deben ser realizados por profesionales legalmente calificados a expensas del proponente del proyecto. Los proponentes de proyectos y los profesionales que suscriban los estudios referidos serán responsables de la información presentada, sujetos a sanciones administrativas, civiles y penales. Resolución CONAMA 237/87, art. 11
Quién paga por la EIA: Proponentes del proyecto
Quién paga por el detalle de la EIA: El Proponente del Proyecto es responsable de todos los costos y gastos relacionados con la realización de la evaluación de impacto ambiental. Resolución CONAMA 01/86, art. 8
Calificaciones del contratista de EIA: Sí
Detalle de las calificaciones del contratista de la EIA: Los estudios requeridos para el proceso de licenciamiento deben ser realizados por profesionales legalmente calificados a expensas del proponente del proyecto. Los proponentes de proyectos y los profesionales que suscriban los estudios referidos serán responsables de la información presentada, sujetos a sanciones administrativas, civiles y penales. Resolución CONAMA 237/87, art. 11
Conflicto de intereses: No
Términos de referencia: Sí
Detalle de los términos de referencia: El proponente del proyecto redacta los términos de referencia basándose en el Estándar de Términos de Referencia para el tipo específico de proyecto, publicado en el sitio web del IBAMA. Los TOR deberán resolverse dentro de los 60 días siguientes al inicio del proceso. Instrucción reglamentaria 184, artículos 8, 11
Días para la revisión del tomador de decisiones: 60+
Aprobación automática: No
Decisión escrita: Sí
Detalle de la decisión escrita: El Instituto Brasileño de Medio Ambiente y Recursos Renovables (IBAMA) emitirá una Opinión Técnica Conclusiva sobre la viabilidad ambiental del proyecto y la enviará al Presidente del IBAMA. La opinión técnica estará disponible en el sitio web del IBAMA. El último paso del proceso de licenciamiento es la Aprobación o rechazo de la solicitud de licencia, dándole la publicidad adecuada a la decisión. Resolución CONAMA 237/97, fracción VII, art. 10
Autoridad para imponer condiciones: Sí
Detalle de la autoridad para imponer condiciones: Se puede expedir uno de tres tipos de licencias (preliminar, de instalación y operativa). En cada caso, el gobierno tiene autoridad para incluir condiciones o medidas de control ambiental en la decisión. Resolución CONAMA 237/97, art. 8
Caducidad de la Decisión: Variable (según tipo de autorización)
Detalle de vencimiento de la decisión: Licencia Preliminar (LP): máximo 5 años; Licencia de Instalación (LI): máximo 6 años; Licencia de Funcionamiento (LO): 4-10 años. Resolución CONAMA 237/97, art. 18
Garantías o Fianzas Financieras: No