Procedimiento de EIA
Proyectos que requieren EIA: Proyectos gubernamentales, Proyectos privados.
Evaluaciones abreviadas:
Detalle de evaluaciones abreviadas: "Los Departamentos determinarán o harán que se determine si alguno de los emprendimientos, proyectos o actividades especificados en el Anexo II requiere una evaluación de impacto ambiental o un estudio ambiental de nivel limitado." Reglamento de la EIA, sec. 8 (según enmendado por las Regulaciones de la EIA (Enmienda), 2007, sección 4). Un Estudio Ambiental de Nivel Limitado "significa un estudio utilizado para la predicción, evaluación, estimación y comunicación de los posibles efectos ambientales de algunos proyectos propuestos... donde es la opinión del Departamento que el proyecto... podría tener algunos impactos negativos "Los términos de referencia para un estudio ambiental de nivel limitado pueden ser limitados y de naturaleza y no deben ser tan completos como los de una EIA". Reglamento de la EIA, sec. 2 (modificado por la sección 2 del Reglamento EIA (Enmienda), 2007)
Mejores prácticas en lugar de la EIA: No
Quién realiza la detección: Gobierno
Detalle de quién realiza la evaluación: "Los Departamentos determinarán o harán que se determine si alguno de los emprendimientos, proyectos o actividades especificados en el Anexo II requiere una evaluación de impacto ambiental o un estudio ambiental de nivel limitado." Reglamento de la EIA, sec. 8 (modificado por la sección 4 del Reglamento de la EIA (enmienda)). Ver también sec. 14 (El Departamento tiene 30 días para realizar la evaluación)
Criterios de detección: Lista o apéndice de tipos de proyectos o actividades, El proyecto o actividad propuesta puede causar un impacto ambiental significativo, Posible impacto en un área protegida o adyacente a ella, Otros
Criterios para el detalle de la selección: "Todos los emprendimientos, proyectos o actividades especificados en el Anexo I requerirán una evaluación de impacto ambiental." Reglamento de la EIA, sec. 7. Una EIA para las actividades enumeradas en el Anexo II es discrecional y la determinan los Departamentos. Reglamento de la EIA, sec. 8. El Anexo III describe pautas para cuando las actividades del Anexo II podrían necesitar autorización ambiental. Reglamento de la EIA, sec. 9 (según enmendado por las Regulaciones de EIA (Enmienda), 2007, sección 5) describen categorías de proyectos que no requieren una EIA, incluidos proyectos educativos y de salud y proyectos gubernamentales durante emergencias nacionales declaradas. Además de las categorías, los factores a evaluar incluyen impactos ambientales, beneficios económicos y más. Reglamento de la EIA, sec. 26(1) (modificado por el Reglamento de la EIA (enmienda), 2020, sección 9). Véase también la Ley de Protección Ambiental, sec. 20(1) (Se requiere EIA si el proyecto puede causar un impacto ambiental significativo).
Quién prepara la EIA: Proponente del proyecto (con o sin contratista)
Quién prepara el detalle de la EIA: El promotor deberá: realizar el estudio necesario para la preparación de una evaluación de impacto ambiental o un estudio ambiental de nivel limitado; y presentar la evaluación de impacto ambiental o un estudio ambiental de nivel limitado al Departamento en la fecha prescrita. Reglamento EIA sec. 13(3) (modificado por el Reglamento de la EIA (Enmienda), 2007, sección 8); ver también Reglamentos de la EIA, sec. 17.
Quién paga por la EIA: Proponentes del proyecto
Quién paga por el detalle de la EIA: Reglamento de la EIA, secs. 13(3); 17 (desarrollador responsable de preparar la EIA - implica que el desarrollador corre con los costos de preparación)
Calificaciones del contratista de EIA: No
Conflicto de intereses: No
Términos de referencia:
Detalle de los términos de referencia: "Siempre que el Departamento determine que existe la necesidad de una evaluación de impacto ambiental en un proyecto, el proceso de evaluación de impacto ambiental deberá incluir: la preparación de los términos de referencia" Reglamentos de EIA, sec. 6 (modificado por el Reglamento EIA (Enmienda), 2007, sección 3). Ver también, Reglamentos de la EIA, secs. 15-17.
Días para la revisión del tomador de decisiones: 60 días
Aprobación automática: No
Decisión escrita:
Detalle de la decisión escrita: No existe ningún requisito en la Ley ni en los reglamentos, pero en la práctica se emite una decisión por escrito.
Autoridad para imponer condiciones:
Detalle de la autoridad para imponer condiciones: "El Departamento puede aprobar una evaluación de impacto ambiental o un estudio ambiental de nivel limitado sujeto a las condiciones que especifique el Departamento, incluido el requisito de que el Desarrollador firme un Plan de Cumplimiento Ambiental (ECP) que cumpla con la aprobación del Comité. que contenga las condiciones especificadas por el Departamento, y el pago de una tasa de seguimiento ambiental." Reglamento de la EIA, sec. 22A(1) (modificado por el Reglamento EIA (Enmienda), 2007, sección 13; Reglamento EIA (Enmienda), 2020, sección 6; Reglamento EIA (Enmienda) (Nº 2), 2020, sección 3
Caducidad de la Decisión: Variable
Detalle de vencimiento de la decisión: La Ley y los reglamentos no especifican durante cuánto tiempo es válida la autorización ambiental.
Garantías o Fianzas Financieras: A veces
Detalle de Garantías Financieras o Fianzas: Sección 30 de las Regulaciones de la EIA (modificadas por las Regulaciones de la EIA (Enmienda), 2007, sección 18) ("El Departamento podrá, de vez en cuando, hacer los arreglos que parezcan apropiados para garantizar que el desarrollador cumpla con los términos y condiciones del plan de cumplimiento ambiental conforme al Reglamento elaborado en virtud de la Ley principal, y en particular podrá exigir fianzas o garantías de cumplimiento a un nivel adecuado con respecto a ese cumplimiento").
Contenido de la EIA
Equipo Interdisciplinario: No
Detalle del equipo interdisciplinario: Este aspecto no se trata en la ley ni en los reglamentos de la EIA.
Gama de alternativas:
Detalle de la gama de alternativas: Una EIA debe incluir "todas las alternativas razonables en forma comparativa, explorando cada alternativa, incluida la alternativa de no acción, y la razón por la cual ciertas alternativas fueron recomendadas o eliminadas". Reglamento de la EIA, sec. 19(i); ver también Ley de Protección Ambiental, sec. 20(3)
Alternativa sin acción:
Detalle de alternativa sin acción: Una EIA debe incluir "todas las alternativas razonables en forma comparativa, explorando cada alternativa, incluida la alternativa de no acción, y la razón por la cual ciertas alternativas fueron recomendadas o eliminadas". Reglamento de la EIA, sec. 19(i)
Tipo(s) de Análisis de Impacto: Impactos ambientales directos, Impactos ambientales acumulativos, Impactos sociales, Impactos culturales
Mitigación:
Detalle de mitigación: "Una evaluación de impacto ambiental incluirá... una identificación y descripción de las medidas disponibles para mitigar los impactos ambientales adversos de la actividad o actividades propuestas y una evaluación de esas medidas mitigadoras". Reglamento de la EIA, sec. 5.
Planes de seguimiento:
Detalle de Planes de Monitoreo: "Un informe de una evaluación de impacto ambiental deberá incluir... [un] plan de seguimiento" Reglamento de la EIA, sec. 19(l). Véase también Manual de Procedimientos para la Preparación de una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) Belice, p. 35.
Acceso a la Información
Aviso Público del Borrador de EIA: No
Borrador de EIA disponible: No
Borradores de ubicaciones de la EIA: No disponible
Aviso Público de EIA Final:
Aviso público del detalle final de la EIA: Después de que el Departamento haya examinado una EIA presentada para determinar si cumple con los términos de referencia previamente acordados, el desarrollador debe publicar un aviso "en al menos dos periódicos de amplia circulación durante dos semanas consecutivas". Reglamento de la EIA, sec. 20
EIA final disponible:
Detalle final disponible de la EIA: El aviso de disponibilidad de la EIA debe "nombrar un lugar donde se pueda inspeccionar una copia de la evaluación de impacto ambiental sin costo alguno". Reglamento de la EIA, sec. 20(1). El Departamento de Medio Ambiente publica las EIA en su sitio web para acceso público.
Ubicaciones finales de la EIA: Internet, Oficina del gobierno local
Tarifa para ver los documentos de la EIA: No
Disponibilidad de estudios de referencia: No
Disponibilidad de detalle de estudios de referencia: Es posible solicitar estudios y datos de respaldo a través de la Ley de Libertad de Información; sin embargo, los tiempos de respuesta son tan largos que el acceso a la información carece de sentido. Véase Laura Neuman y Richard Callan, Making the Access to Information Law Work, Carter Center en 6 (2007), https://gsdrc.org/document-library/making-the-access-to-information-law-work-the -challenges-of-implementation/ ("Belice aprobó su ley de Libertad de Información en 1994, uno de los primeros países de América Latina y el Caribe en hacerlo. Se logró con poco debate público o parlamentario y sin participación de la sociedad civil. Por En la última década, la ley se ha utilizado sólo un puñado de veces y rara vez con éxito").
Aviso Público de Decisión Final:
Detalle del aviso público de decisión final:
Participación pública
Investigación de alcance público: No
Detalle del alcance público: "El alcance y extensión de la evaluación de impacto ambiental serán determinados por el Departamento." Reglamento de la EIA, sec. 7
Revisión pública de los TOR:
Oportunidades de participación pública: Revisión de la EIA final
Reuniones públicas: A veces
Detalle de reuniones públicas: "El Departamento, por recomendación del Comité Nacional de Evaluación Ambiental, podrá requerir una audiencia pública o consulta pública respecto de cualquier emprendimiento, proyecto o actividad respecto de la cual se requiera una evaluación de impacto ambiental conforme a este reglamento." Reglamento de la EIA, sec. 24(1) (modificado por el Reglamento de la EIA (Enmienda), 2007, sección 14). Ver Reglamento de la EIA, sec. 24(2) para los factores que el Departamento considerará en su decisión.
Aportes del público en la reunión:
Aportes del público en detalle de la reunión: Una audiencia pública está enfocada a brindar al "público en general la oportunidad de ser escuchado, de presentar sus argumentos, testimonios u opiniones". Reglamento de la EIA, sec. 2 (modificado por el Reglamento de la EIA (enmienda), 2007, sección 2).
Criterios para realizar una reunión pública: El ministerio o agencia tiene discreción para decidir si celebrar una reunión y/o audiencia
Comentarios públicos sobre el borrador de la EIA: No
Comentarios públicos sobre la EIA final: Variable
Comentarios públicos sobre el detalle final de la EIA: En cualquier momento durante una evaluación de impacto ambiental de una empresa propuesta, el Departamento puede solicitar comentarios por escrito de personas interesadas sobre el impacto ambiental de una empresa. Reglamento de la EIA, sec. 18(2); véanse también las definiciones de "consulta pública" y "audiencia pública".
Respuesta a los comentarios públicos: A veces
Detalle de la respuesta a los comentarios públicos: El Comité Nacional de Evaluación Ambiental tomará en consideración los comentarios del público durante la evaluación de un proyecto. Reglamento de la EIA, sec. 26(1)(c). En términos de proporcionar respuestas a los comentarios públicos, el Departamento tiene discreción para decidir si envía los comentarios recibidos del público al desarrollador. Sin embargo, si los comentarios se proporcionan al desarrollador, éste debe "responder a las preguntas pertinentes que surjan". Reglamento de la EIA, sec. 18(3), según enmendado por las Regulaciones de la EIA (Enmienda), sec. 10.
Facilitación de la participación pública: No
Revisión/ejecución judicial
Revisión Administrativa Ciudadana: No
Revisión Judicial Ciudadana:
Detalle de Revisión Judicial Ciudadana: Los ciudadanos pueden acudir a los tribunales para solicitar la revisión de la decisión de un organismo público. La revisión judicial no permite a los tribunales sustituir las del organismo público por sus propias decisiones, pero sí pueden revisar la legalidad de una decisión, cuando, por ejemplo, quien tomó la decisión no tuvo en cuenta consideraciones pertinentes. Los requisitos permanentes para la revisión judicial son amplios e inclusivos para Belice.
Seguimiento del proyecto: A veces
Detalle de seguimiento del proyecto: "El Departamento podrá, de vez en cuando, hacer los arreglos que parezcan apropiados para garantizar que el desarrollador cumpla con los términos y condiciones del plan de cumplimiento ambiental conforme al Reglamento elaborado conforme a la Ley principal, y en particular podrá exigir fianzas o garantías de cumplimiento a un nivel adecuado respecto de ese cumplimiento." Reglamento de la EIA, sec. 30 (según enmendado por las Regulaciones de la EIA (Enmienda), 2007, sección 18); Véase también el Manual para preparadores de EIA, Partes V y VII. Existen dudas sobre si el seguimiento se produce realmente en la práctica.
Aplicabilidad de la EIA:
Aplicabilidad del permiso:
Detalle de la aplicabilidad del permiso: Véase BELPO v. Departamento de Medio Ambiente (http://www.elaw.org/node/3607)