Procedimiento de EIA
Proyectos que requieren EIA: Proyectos gubernamentales, Proyectos privados.
Evaluaciones abreviadas:
Detalle de evaluaciones abreviadas: Un proponente de proyecto puede presentar una evaluación preliminar. La NEPA revisa la evaluación y, si no es probable que la actividad cause un impacto significativo, la NEPA puede autorizarla, con o sin condiciones. Env. Ley, art. 14
Mejores prácticas en lugar de la EIA: No
Quién realiza la detección: Gobierno
Detalle de quién realiza la evaluación: "Una persona que se proponga emprender un proyecto, plan, política o actividad deberá presentar a la Agencia Nacional de Protección Ambiental información precisa para permitir a la [NEPA] determinar los posibles efectos adversos e impactos positivos del proyecto, plan, política o actividad". Env. Ley, art. 14. Véase también el Reglamento 5 de la EIA ("Antes de presentar una solicitud, el solicitante deberá realizar un proceso de selección y completar un informe de selección que sea consistente con las mejores prácticas internacionales establecidas en el Anexo III de estas regulaciones y presentarlo a la [NEPA] para Toma una decision.")
Criterios de detección: Lista o apéndice de tipos de proyectos o actividades. El proyecto o actividad propuesta puede causar un impacto ambiental significativo.
Criterios para el detalle de la selección: Ninguna persona puede emprender una actividad que pueda causar un impacto significativo al medio ambiente sin seguir los procedimientos de EIA aplicables. Env. Ley, art. 13. El Anexo I del Reglamento de la EIA contiene una categorización de actividades.
Quién prepara la EIA: Proponente del proyecto (con o sin contratista)
Quién prepara el detalle de la EIA: El solicitante de una licencia ambiental debe preparar la EIA de acuerdo con las mejores prácticas internacionales. Env. Ley, art. 14(2); Reglamento 7 de la EIA
Quién paga por la EIA: Proponentes del proyecto
Quién paga por el detalle de la EIA: "Los costos incurridos en la elaboración... de una declaración de impacto ambiental... o de un plan integral de mitigación serán sufragados por el proponente del proyecto, plan, política o actividad. Ley Envt., art. 18
Calificaciones del contratista de EIA: No
Conflicto de intereses: No
Términos de referencia: No
Días para la revisión del tomador de decisiones: 45 días
Aprobación automática: No
Decisión escrita:
Detalle de la decisión escrita: Según la Regulación 9, la NEPA debe presentar un Certificado de Cumplimiento que cumpla con el estándar descrito en el Anexo IV.
Autoridad para imponer condiciones: N / A
Caducidad de la Decisión: 3 años
Detalle de vencimiento de la decisión: "Un permiso otorgado caducará en el caso de que el proponente no realice la actividad o implemente el proyecto, plan o política para el cual se otorgó el permiso dentro de los tres años siguientes a la fecha en que se otorgó el permiso". Env. Ley, art. 16(4); Reglamento 9 de la EIA
Garantías o Fianzas Financieras: No
Contenido de la EIA
Equipo Interdisciplinario: No
Gama de alternativas:
Detalle de la gama de alternativas: La EIA debe incluir una evaluación de "los probables impactos y beneficios ambientales de medios alternativos para realizar la actividad, incluidos los medios preferidos y la alternativa de no realizar la actividad en absoluto". Reglamento EIA 7(3)
Alternativa sin acción:
Detalle de alternativa sin acción: Al considerar alternativas, el proponente del proyecto debe evaluar "la alternativa de no emprender la actividad en absoluto". Reglamento EIA 7(3)
Tipo(s) de Análisis de Impacto: Impactos ambientales directos, Impactos ambientales acumulativos, Impactos sociales, Impactos culturales, Impactos en la salud, Impactos económicos
Mitigación:
Detalle de mitigación: La EIA debe discutir "todas las medidas relevantes que podrían tomarse para evitar, remediar o mitigar cualquier impacto adverso significativo que podría ser causado por la actividad". Reglamento 7 de la EIA
Planes de seguimiento:
Detalle de Planes de Monitoreo: La EIA debe discutir "todas las medidas relevantes que se tomarán para monitorear los probables impactos ambientales y beneficios de la implementación de la actividad en las personas afectadas". Reglamento 7 de la EIA
Acceso a la Información
Aviso Público del Borrador de EIA: No
Borrador de EIA disponible: No
Borradores de ubicaciones de la EIA: No disponible
Aviso Público de EIA Final:
Aviso público del detalle final de la EIA: El proponente del proyecto debe informar al público sobre la disponibilidad de la EIA mediante "la publicidad del documento y la exhibición de una copia del mismo para su inspección" Envtl. Ley, art. 19(3).
EIA final disponible: No
Detalle final disponible de la EIA: El proponente del proyecto es responsable de distribuir copias de la EIA a las personas afectadas y exhibir una copia para su inspección. La ley de EIA no exige que la EIA esté disponible en lugares de fácil acceso. Env. Ley, art. 19
Ubicaciones finales de la EIA: Otro
Tarifa para ver los documentos de la EIA: N / A
Disponibilidad de estudios de referencia: N / A
Disponibilidad de detalle de estudios de referencia: El artículo 7 de la Ley de Medio Ambiente garantiza los derechos de los ciudadanos a acceder a la información en poder del gobierno, con algunas excepciones (por ejemplo, información personal, información comercial confidencial).
Aviso Público de Decisión Final:
Detalle del aviso público de decisión final:
Participación pública
Investigación de alcance público:
Detalle del alcance público: Los miembros del público "pueden" expresar su opinión sobre un proyecto, plan, política o actividad propuesta en la fase de evaluación preliminar (selección). Ley Ambiental, art. 19(1); véase también el Reglamento 6 de la EIA.
Revisión pública de los TOR:
Oportunidades de participación pública: Alcance, reuniones públicas y/o audiencias públicas, revisión de la EIA final
Reuniones públicas:
Detalle de reuniones públicas: Es posible que la NEPA no llegue a una decisión hasta que el proponente haya demostrado que ha "convocado y registrado las actuaciones de una audiencia pública". Env. Ley, art. 19
Aportes del público en la reunión:
Aportes del público en detalle de la reunión: Las personas que se vean afectadas por una propuesta de plan podrán expresar opiniones en la etapa de evaluación preliminar, en la etapa de declaración de impacto ambiental, en la etapa de acta final de dictamen y en la etapa de plan integral de mitigación. El proponente debe demostrar a la NEPA que "las personas afectadas han tenido oportunidades significativas, a través de consultas independientes y participación en audiencias públicas, para expresar sus opiniones sobre estos asuntos de manera oportuna". Env. Ley, art. 19
Criterios para realizar una reunión pública: Se requiere automáticamente una reunión y/o audiencia pública
Comentarios públicos sobre el borrador de la EIA: N / A
Comentarios públicos sobre la EIA final: Variable
Comentarios públicos sobre el detalle final de la EIA: El proponente del proyecto debe distribuir copias de la EIA a las personas afectadas y publicar un aviso indicando que el documento está disponible para revisión pública. Env. Ley, art. 19
Respuesta a los comentarios públicos:
Detalle de la respuesta a los comentarios públicos: La EIA debe incorporar y describir el proceso de participación pública e identificar los principales problemas que surgieron durante el proceso de consulta. También debe describir cómo se incorporaron estas cuestiones en la fase de evaluación. Reglamento EIA 7(4)
Facilitación de la participación pública: No
Revisión/ejecución judicial
Revisión Administrativa Ciudadana:
Revisión Judicial Ciudadana:
Detalle de Revisión Judicial Ciudadana: Los ciudadanos tienen derecho a apelar cualquier decisión dictada en virtud de la Ley de Medio Ambiente. Env. Derecho, artes. 7(9), 17(2), 19, 77
Seguimiento del proyecto: No
Detalle de seguimiento del proyecto: No parece haber disposiciones que requieran que la NEPA controle si el proponente del proyecto cumple con los términos de su permiso.
Aplicabilidad de la EIA: No
Aplicabilidad del permiso: No