Informe del Panel Conjunto de Revisión, Benga Mining Limited, Proyecto Grassy Mountain Coal, 2021 ABAER 010 (17 de junio de 2021)

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Informe del Panel Conjunto de Revisión, Benga Mining Limited, Proyecto Grassy Mountain Coal, 2021 ABAER 010 (17 de junio de 2021)

Benga Mining Limited (Benga) presentó solicitudes al Regulador de Energía de Alberta (AER) para construir, operar y recuperar una nueva mina de carbón a cielo abierto en el suroeste de Alberta, Canadá. El proyecto propuesto incluía minas de carbón a cielo abierto y áreas de eliminación de desechos, una planta de preparación de carbón e infraestructura asociada, incluido un sistema de transporte de carbón, un corredor de acceso, una instalación de carga ferroviaria y otros edificios e infraestructura auxiliares. El carbón producido en la mina estaba destinado a la exportación.  

Las solicitudes incluían una evaluación de impacto ambiental (EIA) presentada a la AER y a la Agencia Canadiense de Evaluación Ambiental (CEAA). Se proyectaba que la mina produciría 4,5 millones de toneladas de carbón en 23 años. Se nombró un panel conjunto federal-provincial para revisar las solicitudes y las obligaciones de toma de decisiones de descarga (AER) y revisión (CEAA) según las leyes provinciales y federales aplicables, incluida la Ley de Conservación del Carbón y la Ley de Evaluación Ambiental de Canadá.  

El Panel Conjunto de Revisión emitió un extenso informe en junio de 2021. Según la sección 8.1 (2) de la Ley de Conservación del Carbón, la AER “no otorgará un permiso, licencia o aprobación o una enmienda de un permiso, licencia o aprobación en virtud de esta Ley a menos que en su opinión, hacerlo es de interés público”. Ley de Conservación del Carbón, RSA 2000, c. C-17 (disponible en https://canlii.ca/t/522qg). Actuando como tomador de decisiones de la AER, el Panel denegó la solicitud de Benga porque los importantes impactos ambientales adversos de la mina de carbón propuesta "superan los impactos económicos positivos, bajos a moderados, del proyecto". Informe, pág. 623. El grupo explicó:

En general, concluimos que es probable que el proyecto genere efectos ambientales adversos significativos sobre la trucha degollada de la ladera oeste y la calidad del agua superficial, y estos impactos negativos superan los impactos económicos positivos bajos a moderados del proyecto. En consecuencia, consideramos que el proyecto no es de interés público. Al tomar esta determinación, entendemos que esto significa que el empleo esperado, el gasto relacionado y los beneficios económicos para la región no se materializarán. Sin embargo, incluso si los impactos económicos positivos son tan grandes como predijo Benga, el carácter y la gravedad de los impactos ambientales son tales que debemos llegar a la conclusión de que la aprobación de las solicitudes de la Ley de Conservación del Carbón no es de interés público.

Si bien encontramos que es probable que el proyecto genere efectos adversos significativos adicionales más allá de los que afectan la calidad del agua superficial y la trucha degollada de la ladera oeste y su hábitat, encontramos que estos efectos, en sí mismos, no habrían sido suficientes para determinar que el proyecto es no es de interés público. Es la naturaleza y magnitud de los efectos sobre la calidad del agua superficial y la trucha degollada de la ladera oeste y su hábitat lo que impulsa nuestra determinación de interés público.

Ídem, págs. 623-24.

Actuando como organismo de revisión bajo la CEAA, el Panel llevó a cabo una evaluación de los impactos ambientales de la mina a cielo abierto propuesta, tomando decisiones basadas en “la ciencia, el conocimiento tradicional de los pueblos indígenas y otras evidencias relevantes”. Ídem, pág. 625. Entre sus conclusiones, el Panel destacó los siguientes puntos clave:

  El proyecto probablemente resultaría en efectos ambientales adversos significativos sobre la calidad del agua superficial, la trucha degollada de la ladera oeste y su hábitat, y el pino de corteza blanca. Ídem, pág. 626

  El proyecto tendría un impacto significativo en el patrimonio físico y cultural de las Primeras Naciones específicas del Tratado 7. Estas comunidades de las Primeras Naciones retiraron sus objeciones al proyecto después de firmar acuerdos con Benga. El proyecto también causaría efectos adversos a los usos tradicionales de la tierra y al patrimonio físico y cultural de algunos grupos indígenas, pero los efectos no serían significativos. Identificación. 

  Tal como se diseñó, sería poco probable que el proyecto cumpliera con los estándares de efluentes propuestos que aún no están vigentes y tendría problemas para obtener un permiso bajo la Ley de Especies en Riesgo debido a los impactos potenciales en el hábitat de la trucha asesina de la ladera oeste. Ídem, págs. 626-27.   

  La empresa minera “adoptó supuestos optimistas en su análisis económico, probablemente sobreestimó algunos de los beneficios y no consideró una serie de posibles riesgos negativos para sus beneficios económicos proyectados”. Ídem, pág. 627.

  “Benga hizo suposiciones demasiado optimistas sobre la eficacia de las medidas de mitigación que propuso. Esto no representa el enfoque conservador apropiado para el entorno ambiental sensible del proyecto”. Ídem, pág. 626.  

Después de revisar el informe del Panel Conjunto, el Ministro de Medio Ambiente de Canadá emitió un aviso de decisión en el que determinó que la mina de carbón a cielo abierto propuesta probablemente causará efectos ambientales adversos significativos según las subsecciones 5(1) y 5(2) de la Ley canadiense de evaluación ambiental. El aviso también anunció la decisión del Gobernador en Consejo de que los importantes efectos ambientales adversos del proyecto propuesto no se justifican dadas las circunstancias. Declaración de decisión (6 de agosto de 2021) (disponible en https://iaac-aeic.gc.ca/050/evaluations/document/140985).  

Benga solicitó permiso para apelar el informe del Panel Conjunto de Revisión ante el Tribunal de Apelaciones de Alberta. El Tribunal denegó el permiso a principios de 2022. Benga Mining Limited contra Alberta Energy Regulator [2022] ABCA 30 (disponible en https://www.canlii.org/en/ab/abca/doc/2022/2022abca30/2022abca30.html). La Corte Suprema de Canadá también denegó la revisión. Benga Mining Limited contra Alberta Energy Regulator (orden revisada del 20 de octubre de 2022) (disponible en https://scc-csc.lexum.com/scc-csc/scc-l-csc-a/en/item/19506).