Estado de Orissa contra M/s Orient Paper Mills (10 de marzo de 2003)

Aire contaminado Contaminación del aire industrial

Junta Estatal de Orissa (Prevención y Control de la Contaminación)

v.

M/s Orient Paper Mills y Otro.

Caso No. Apelación (crl.) 331 de 2003

03.10.2003 dd.
Brijesh Kumar y ARLakshmanan JJ.

Juicio:

(Surgiendo de la SLP (Crl.) N° 3180 de 2001)

Licencia concedida.

Se trata de un recurso presentado por la Junta (Prevención y Control de la Contaminación) del Estado de Orissa (para abreviar, “Junta”), contra la sentencia del Tribunal Superior de Orissa dictada en Revisión Penal, que confirma la orden dictada por la Addl. Juez de Sesiones Rourkela, anulando los cargos formulados contra el demandado bajo la Sección 37 (1) de la Ley del Aire (Prevención y Control de la Contaminación) de 1981 (para abreviar, “la Ley”).

Según la fiscalía, el demandado Orient Paper Mills Brajraj Nagar, Dist. Sambalpur, que se dedica a la fabricación de papel y cartón, soda cáustica y cloro, etc., está situada en un área que se encuentra dentro del Área de Control de la Contaminación del Aire, según las Notificaciones del Boletín No. 1292 de 20.7.84, No. 1021 de 5.8.86 y No. 462 de 17.3.88. El consentimiento fue otorgado al demandado por la Junta, el 7.3.88, el cual tuvo vigencia hasta el 31.3.89, y fue renovado hasta el 31.3.91. Se encontró que el encuestado No.1 estaba emitiendo contaminantes atmosféricos por encima del límite de tolerancia prescrito con respecto a SPM (partículas en suspensión), particularmente en las calderas No. 9 y 10. El informe de análisis con respecto a la emisión infractora se comunicó a el demandado y la industria también fueron inspeccionados en relación con esto. Se recogieron nuevamente muestras de emisiones y la Junta encontró que aún había una concentración mayor de SPM que excedía el estándar prescrito para ese propósito. El informe del segundo análisis también fue remitido a la industria. Según la Junta, el demandado no cumplió la condición de consentimiento, por lo que cometió un delito punible en virtud del artículo 37 (1) de la Ley del Aire (Prevención y Control de la Contaminación) de 1981. Por lo tanto, el tribunal de SDJM Rourkela presentó una denuncia ante el Tribunal de SDJM Rourkela. Junta contra los demandados.

El 7 de octubre de 1995, el SDJM formuló cargos contra los demandados en virtud del artículo 37(1) de la ley por no haber seguido las disposiciones contenidas en los artículos 21 y 22 de la ley. La parte demandada, sintiéndose agraviada, interpuso recurso de Revisión Penal ante el Tribunal de Sesiones para dejar sin efecto la orden de formulación de la acusación, por considerar que no existía prueba que demostrara que la zona en la que se encuentra la industria-demandada No.1 sea una zona declarado de conformidad con la ley a saber. Artículo 19 de la Ley como Área de Control de la Contaminación del Aire. La alegación del demandado de que, en ausencia de reglas que prescriban la manera de declarar un área como Área de Control de la Contaminación del Aire, el Gobierno del Estado notificó ilegalmente el área como tal, no parece haber encontrado el favor del magistrado erudito sobre la base de que el La palabra utilizada en la Sección 19 es “podrá” y no “deberá”, por lo que no era obligatorio que el Estado prescribiera la manera de declarar un área como Área de Control de la Contaminación del Aire. El erudito Addl. Sin embargo, el juez de sesión anuló la orden dictada por el magistrado y permitió la revisión, considerando que el gobierno estatal podía notificar un área como área de control de la contaminación del aire solo en la forma prescrita por las Reglas. Sin reglas no se podría hacer. Por lo tanto, no había ningún caso prima facie contra el Demandado por violación de las Secciones 21 y 22 de la Ley. La orden aprobada por el Addl. El Tribunal Superior confirmó al juez de sesiones con la observación de que no había ilegalidad ni irregularidad en la orden.

En esta etapa podemos examinar detenidamente las disposiciones pertinentes de la ley. El artículo 21 de la Ley establece que, sujeto a las disposiciones de dicho artículo, ninguna persona podrá establecer ni operar ninguna planta industrial en un área de control de la contaminación del aire sin el consentimiento previo del Gobierno del Estado. Una industria que esté funcionando desde antes de la declaración del área como Área de Control de la Contaminación del Aire, deberá solicitar a la Junta su consentimiento dentro del plazo señalado al efecto. La sección 22 establece lo siguiente: -

“Sección 22 – Las personas que realizan actividades industriales, etc., no deben permitir la emisión de contaminantes del aire que excedan los estándares establecidos por la Junta Estatal. Ninguna persona que opere una planta industrial en cualquier área de control de la contaminación del aire deberá descargar, provocar o permitir que se descarguen. la emisión de cualquier contaminante del aire que exceda los estándares establecidos por la Junta Estatal bajo el inciso (g) de la subsección 1 de la Sección 17.”

La Sección 19 faculta al Gobierno del Estado a declarar un área como Área de Control de la Contaminación del Aire. La parte pertinente del artículo 19 dice lo siguiente.

“19. Facultad para declarar áreas de control de la contaminación del aire (1) El Gobierno del Estado podrá, previa consulta con la Junta Estatal, mediante notificación en el Boletín Oficial, declarar de la manera que se prescriba cualquier área o áreas dentro del Estado como área de control de la contaminación del aire o áreas para los efectos de esta Ley.

(2) El Gobierno del Estado podrá, previa consulta con la Junta Estatal mediante notificación en el Diario Oficial.-

(a) después de cualquier área de control de la contaminación del aire, ya sea mediante ampliación o reducción.

b) Declarar una nueva zona de control de la contaminación del aire en la que podrán fusionarse una o más zonas de control de la contaminación del aire existentes o cualquier parte o partes de las mismas.

(3) . . . . . . . . . . . .
(4) . . . . . . . . . . . .
(5) . . . . . . . . . . . .}”

Por lo tanto, encontramos que esencialmente el Gobierno del Estado está facultado para declarar cualquier área dentro del Estado como Área de Control de la Contaminación del Aire mediante notificación en el boletín oficial. Sin embargo, podrá realizarse previa consulta con la Junta y en la forma que se prescriba. Según el demandado, el gobierno estatal no ha prescrito ninguna manera en que el Área de Control de la Contaminación del Aire deba ser declarada como tal mediante Notificación en el Boletín Oficial. Sin embargo, el argumento del apelante es que el Gobierno del Estado ha emitido Notificaciones en el debido ejercicio de sus facultades conferidas en virtud del Artículo 19 de la Ley y publicadas periódicamente en el Boletín Oficial, que sí cumplen con el Artículo 19 de la Ley. En este momento también podemos referirnos a la Sección 54 de la Ley que se relaciona con el poder del Gobierno del Estado para dictar normas. Dice lo siguiente: -

“54- Facultad del Gobierno del Estado para dictar normas (1) Sujeto a las disposiciones del inciso 3, el Gobierno del Estado podrá, mediante notificación en el Boletín Oficial, dictar normas para llevar a cabo los fines de esta Ley con respecto a materias que no entren en el ámbito dentro del alcance de la Sección 53.

2. En particular, y sin perjuicio de la generalidad de la facultad anterior, dichas reglas podrán prever todas o cualquiera de las siguientes materias, a saber:

(a) .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

(k) la manera en que cualquier área o áreas pueden ser declaradas como área o áreas de control de la contaminación del aire según la subsección (1) de la Sección 19. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .”

La palabra "prescrito" se ha definido en la Cláusula (n) de la Sección 2 de la Ley de la siguiente manera: - "n "prescrito" significa prescrito por las Normas dictadas en virtud de esta Ley por el Gobierno Central o, según sea el caso, el Estado Gobierno."

Por lo tanto, la manera en que el área de control de la contaminación del aire debe declararse como tal estaría prescrita por Reglas, elaboradas para este propósito, por el gobierno estatal en ejercicio de sus poderes bajo la Sección 54 (2) (k) de la Ley. La Notificación notificando el área se publicará en el Boletín Oficial. La posición fáctica que no admite dudas es que el Gobierno del Estado no ha elaborado normas conforme al artículo 54 (2) (k) de la Ley que prescribe la manera en que debe declararse el Área de Control de la Contaminación del Aire. El apelante, con respecto al cumplimiento del requisito previsto en el inciso 1 del artículo 19 de la Ley, ha llamado la atención del Tribunal únicamente sobre las Notificaciones del Boletín publicadas por el Gobierno del Estado en virtud del Artículo 19 (1) de la Ley. También se adjuntan al llamamiento copias de dichas Notificaciones. La primera notificación tiene fecha.
6.6.84, se reproduce a continuación:-

THE ORISSA GAZETTE Extraordinario Publicado por la Autoridad No. 1292 Cuttack, viernes 20 de julio de 1984/Asadha 29 de 1906 Notificación del Departamento de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente el 5 de junio de 1984

No. 556- Sobre. III-3/84-STE- En ejercicio de los poderes establecidos en la Sección 19 (1) de la Ley del Aire (Prevención y Control de la Contaminación) de 1981, el gobernador se complace en declarar las siguientes áreas y locales de las siguientes industrias como Contaminación del Aire Área de Control dentro del Estado para los efectos de dicha Ley: -

1. Áreas declaradas como Áreas de Control de la Contaminación del Aire:

xxxxxxxxx

2. Locales de Industrias declaradas como Área de Control de la Contaminación del Aire
1 . . . . . . . . . . . a
32 . . . . . . . . . . . . . .
33. Orient Paper Mills, Brajrajnagar, distrito de Sambalpur xxx xxx xxx xxx
35. Planta Charge Chrome de FACOR, Randia, distrito de Bhadrak Balasore.

Por Orden del Gobernador GBMu Addl. Secretario de Gobierno”

En sustitución de la notificación anterior, se ha publicado la otra notificación de fecha 8.7.86, que es la siguiente: - “LA GAZETA DE ORISSA Publicada Extraordinaria por Autoridad

No. 1021 Cuttack, martes 5 de agosto de 1986/Sravana 14,
1908 Notificación del Departamento de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente el 8 de julio de 1986

N° 10985-Enn. III-5/86-STE- En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 19(1) de la Ley del Aire (Prevención y Control de la Contaminación) de 1981 y en sustitución de la notificación No. 5564-Env. III-3/84-STE, de fecha 6 de junio de 1984, el Gobernador se complace en declarar las áreas y locales de todas las industrias siguientes como Áreas de Control de la Contaminación del Aire dentro del Estado de Orissa a los efectos de dicha Ley.

1. Instalaciones de industrias grandes, medianas y pequeñas, antiguas y nuevas, y las instalaciones de industrias que se encuentran en las siguientes categorías de industrias especificadas en la Ley de Control de la Contaminación del Aire.

i) . . . . . . . . a xi). . . . . . . . xii) Industrias del papel y la celulosa (incluidos los productos de papel) I xiii). . . . . . . . . . . . a xvi). . . . . . . . . . .

Por orden del Gobernador KK Patnaik Dy. Secretario de Gobierno”

Otra Notificación más emitida en sustitución de las Notificaciones anteriores de fecha 27/29 de febrero de 1988 es la siguiente: - “LA GAZETA DE ORISSA Publicada Extraordinaria por Autoridad

No. 462 Cuttack, jueves 17 de marzo de 1988/ Falguna 27,
1909 Notificación del Departamento de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente 27/29 de febrero de 1988

N° 3044-ENV-1-3/88-STE. En ejercicio de los poderes conferidos por la Subsección (1) de la Sección 19 de la Ley del Aire (Prevención y Control de la Contaminación de 1981) (14 de 1981) y en sustitución de la notificación del Departamento de Ciencia y Tecnología del Gobierno de Orissa. y Medio Ambiente No. 10985/STE, de fecha 8 de julio de 1986, el Gobierno del Estado, después de consultar con la Junta Estatal, declara por la presente las áreas especificadas en el Anexo que figura a continuación como áreas de Control de la Contaminación del Aire dentro del Estado de Orissa para los fines de dicho Actuar, a saber:

CRONOGRAMA

1. Áreas del Plan Maestro que pertenecen al Área de Desarrollo de Cuttack constituidas según la subsección 1 de la sección 3 de la Ley de Autoridades de Desarrollo de Orissa, 1092.

2. Áreas del Plan Maestro pertenecientes al Área de Desarrollo de Bhubaneswar constituidas en virtud del inciso (1) de la sección 3 de la Ley de Autoridades de Desarrollo de Orissa de 1982.

3. Áreas del Plan Maestro incluidas en el Greater Sambalpur Improvement Trust constituido en virtud del artículo 7 de la Ley del Fideicomiso de Mejora y Planificación Urbana de Orissa de 1956.

4. Áreas del Plan Maestro incluidas en el Fideicomiso de Mejora de Rourkela constituidas en virtud del artículo 7 de la Ley del Fideicomiso de Mejora y Planificación Urbana de Orissa de 1956.

5. Áreas del Plan Maestro bajo Talcher, Fideicomiso de Mejoramiento Regional Angul Meramudali constituido bajo la Sección 7 de la Ley del Fideicomiso de Mejoramiento y Planificación Urbana de Orissa, 1956.

6. Las áreas de todos los Polígonos Industriales del Estado.

7. Los locales de todas las Industrias de Gran y Mediana Escala que no estén cubiertas por los puntos 1 a 6 anteriores.

Por orden del Gobernador RC Samal Comisionado-cum-Secy.to Gobierno”

Se sostiene en nombre del recurrente que las Notificaciones del Boletín emitidas periódicamente cubren al demandado durante todo el período pertinente. La cuestión a considerar es si, siempre que la forma no esté prescrita en las Reglas para la declaración de un área como Área de Control de la Contaminación del Aire, se puede publicar en el Boletín Oficial una Notificación válida conforme al Artículo 19(1) de la Ley. O no. En lo que respecta a la disposición legal, la Ley bajo la Sección 19 otorga al Gobierno del Estado el poder de notificar cualquier área, en un boletín oficial, como Área de Control de la Contaminación del Aire, pero decir que el ejercicio de tal poder depende únicamente de la formulación de la Las normas que prescriben la manera en que una zona puede ser declarada zona de control de la contaminación atmosférica no parecen ser correctas. El artículo 19 de la Ley quedaría redactado de la siguiente manera, omitiendo las palabras “en la forma que se prescriba”, cuya parte ponemos entre corchetes de la siguiente manera: “19. Facultad para declarar áreas de control de la contaminación del aire (1) El Gobierno del Estado podrá, previa consulta con la Junta Estatal, mediante notificación en el Boletín Oficial, declarar [en la forma que se prescriba] cualquier área o áreas dentro del Estado como áreas de control de la contaminación del aire. área o áreas para los propósitos de esta Ley.

(2)——————
(3)——————
(4)——————

El artículo 19 dice “. . . . . . en la forma que pueda prescribirse” y no “en la forma prescrita”. o ". . . . . en la forma prescrita”. La expresión utilizada deja alguna palanca o juego en el funcionamiento de la disposición. Nos gustaría hacer hincapié en el uso de la palabra "como", que es significativa. La manera depende de “según” se pueda prescribir; si no se prescribe, no hay ninguna manera disponible que deba seguirse. El significado de la palabra `como` se ha indicado en el “Concise Oxford English Dictionary, Décima Edición 2002”, entre otros, como lo siguiente: “Se usa en comparación para referirse a la extensión o grado de algo; usado para indicar por comparación la forma en que sucede algo; durante el tiempo de ser” (énfasis añadido)

En “Palabras y Frases Edición Permanente 4” Edición de 1969, en general entre otros, en la página 514 se ha indicado su significado de la siguiente manera: “Como” significa “en la medida”, “en la manera” y “cuando”; y puede emplearse para indicar una combinación de tiempo con extensión o manera. Moore contra Coates, DC Mun. Ap., 40 A.2d68,70.” (Énfasis añadido)

Se indica además que significa importar una contingencia y en la página
520, se indica lo siguiente: “Cuando, importando una Contingencia, un dispositivo a determinados niños” a medida que “lleguen a la edad de
21 significa “cuando” lleguen a esa edad” (Énfasis añadido). Además, en la página 549 encontramos que se ha indicado que la frase “según se prescriba” significa lo siguiente: “La frase “según se prescriba”, en la enmienda constitucional autorizar a ciertas ciudades a adoptar o modificar sus estatutos, sujeto a las limitaciones que pueda prescribir la legislatura, significa que la legislación futura, así como la existente cuando la ciudad adopte o modifique por primera vez los estatutos, puede limitar su acción” Vernon`s Ann. Santa Const. art.11, $ 5. Dry contra Davidson, TexCiv.App.,115 SW2d659,691. (énfasis añadido)

En “Law Lexicon” de P. Ramanatha Aiyar, segunda edición, reimpresión de 2000 en la página 147, se indica así: “usado como adverbio, etc. significa como, similar a, del mismo tipo, de la misma manera, en el manera en que. También puede tener el significado de porque, desde, o siendo el caso que; en el carácter o bajo el nombre de con significado de grado; hasta ese punto; hasta ahora (Diccionario de Derecho Black)” (énfasis añadido)

En uno de los casos decididos por esta Corte, que se mencionará más adelante en esta Sentencia, se ha considerado que “según se prescriba” significa que “si hubiere”. Por lo tanto, queda claro que tal expresión deja margen para algún juego sobre la viabilidad de la disposición conforme a la ley. El significado de la palabra “como” toma color según el contexto en el que se usa y la forma de su uso como prefijo o sufijo, etc. No hay rigidez en ella y puede tener el significado de una situación de existencia durante un tiempo o contingente particular, y así sucesivamente. Es decir, que algo suceda de una manera, si tal manera existe o existe, si no sucede, puede que no suceda de esa manera. Por lo tanto, la lectura de la disposición que se examina deja claro que la forma de declaración debe seguirse "según se prescriba", es decir, "si la hubiere" prescrita. Por lo tanto, en caso de que la manera no esté prescrita en las Reglas, no existe obligación o requisito de seguir ninguna, excepto lo que la propia disposición establezca, a saber. Sección 19 en el presente caso que también es completa en sí misma incluso sin que se prescriba ninguna forma como se indicó poco antes para leer la disposición que omite esta parte "en la forma que se prescriba". Por el mero hecho de no existir Normas, el Estado no quedaría despojado de sus facultades de notificar en el diario oficial cualquier área que la declare como área de control de la contaminación del aire. Sin embargo, en caso de que las Reglas hayan sido redactadas prescribiendo la forma, indudablemente la declaración debe estar de acuerdo con dichas reglas. Sobre la proposición antes indicada, una decisión informada en AIR
1961 SC página 276 T. Cajee vs. Jormanik Siem y Anr. sería relevante. El asunto se refería a la destitución de Seim de su cargo, es decir, el jefe del área en el consejo de distrito regido por el Anexo VI de la Constitución. El Tribunal Superior consideró que el Consejo de Distrito sólo podía actuar promulgando una ley con el consentimiento del Gobernador. En lo que respecta al nombramiento y destitución del cargo de Seim, se hizo referencia a la disposición contenida en el párrafo 3(1) (g) del Anexo, que facultaba al Consejo de Distrito para dictar leyes con respecto al nombramiento y sucesión de un Seim. cargo de Jefe y Jefes. El Tribunal Superior consideró que, a falta de una ley de ese tipo, no habría poder para nombrar a un jefe del Seim ni tampoco para su destitución. Este tribunal negó la opinión adoptada por el Tribunal Superior observando que “...nos parece que el Tribunal Superior leyó mucho más en el párrafo 3(1)(g) de lo que justifica su lenguaje. En realidad, el artículo 3, apartado 1, es algo así como una lista legislativa y enumera los temas sobre los que el consejo de distrito es competente para legislar. . . . . . . Pero de esto no se sigue que el nombramiento o destitución de un jefe sea un acto legislativo o que no pueda hacerse ningún nombramiento o destitución sin que exista primero una ley al efecto”. Este tribunal determinó que el párrafo 2(4), relativo a la administración de un distrito autónomo, confería al Consejo de Distrito tales poderes y además observaba lo siguiente:

“La Constitución no podría haber tenido la intención de que toda la administración en los distritos autónomos se detuviera hasta que el Gobernador dictara regulaciones conforme al párrafo 19(1)(b) o hasta que el Consejo de Distrito aprobara leyes conforme al párrafo 3(1)(g). cuando se hacen regulaciones. . Las autoridades administrativas estarían obligadas a seguir los reglamentos así dictados o las leyes así dictadas”.

Así pues, de la decisión mencionada en el párrafo anterior se desprende claramente que la facultad conferida a una autoridad no dejaría de existir por el mero hecho de que no se hayan formulado normas o no se haya prescrito la forma de ejercicio de la facultad. Por lo que respecta al artículo 54 de la ley, sólo enumera los temas sobre los cuales el gobierno estatal tiene derecho a formular normas.

El abogado letrado del apelante se basa en una decisión informada en 1987 (1) SCC página 658 (BK Srinivasan & Ors. vs. State of Karnataka & Ors. Se trata de la cuestión de la publicación de legislación subordinada de manera adecuada que puede o puede no prescribir y cualquier irregularidad en la publicación sería subsanable. Otra decisión más invocada se informa en 2000 (9) página SCC
461 Unión de la India y Ors. vs. Ganesh Das Bhojraj. La pregunta se refería a la publicación de la notificación en virtud de la Ley de Aduanas en relación con el cobro de derechos de aduana, la publicación del aviso/notificación y la manera en que debía realizarse. Este tribunal, después de considerar una serie de decisiones sobre el particular, concluyó lo siguiente: –

“Además, en el caso de New Tobacco co. el tribunal se basó en la decisión del caso BK Srinivasan. En ese caso (en el párrafo 15), después de considerar varios argumentos, el Tribunal sostuvo específicamente que cuando la ley principal prescribe el modo de publicación o promulgación, ese modo debe seguirse. Cuando la ley principal no dice nada, pero la propia legislación subordinada prescribe la forma de publicación, dicha forma de publicación puede ser suficiente, si es razonable.

De las observaciones antes mencionadas se desprende claramente que la decisión en BK Srinivasan también reitera que la notificación surtirá efecto sólo cuando se publique a través del canal oficial habitualmente reconocido, a saber, el Boletín Oficial. También estamos de acuerdo con los motivos expuestos en Mayer Hans George y sostenemos que la notificación conforme al artículo 25 de la Ley de Aduanas entraría en vigor tan pronto como se publique en el Boletín Oficial y no se requiere ninguna publicación adicional. Por lo tanto, la decisión dictada en Pankaj Jain Agencies representa la exposición correcta de la ley sobre el tema. La decisión dictada en el asunto Newtabaco Co. y seguida en el asunto Garware Nylons Ltd. no establece la ley correcta.

No creemos que las decisiones anteriores sean muy relevantes o de mucha ayuda para el apelante. El abogado letrado que compareció en nombre del demandado se refirió a una decisión informada en AIR 1963 SC 1618 [Estado de Uttar Pradesh vs. Jogendra Singh] sobre la cuestión de cuándo la palabra "puede" significa "deberá". Se ha sostenido que depende del contexto del uso de la palabra "podrá". El asunto se refería a la remisión del caso del funcionario público al Tribunal. La disposición pertinente dice lo siguiente: – “4(1) El Gobernador podrá remitir al Tribunal casos relacionados con un funcionario gubernamental individual o una clase de funcionarios gubernamentales o funcionarios gubernamentales en un área particular sólo con respecto a asuntos que involucren

(a) corrupción; (b) incumplimiento de sus deberes adecuadamente; c) ineficiencia general irremediable de un servidor público con más de diez años de antigüedad; y (d) inmoralidad personal”.

Se sostuvo que el Gobernador tenía facultades discrecionales para remitir el caso de un funcionario individual al Tribunal conforme a la subregla (1), pero en lo que respecta a la subregla (2), impone al Gobernador la obligación de acceder a la solicitud formulada. por un funcionario oficial por remitir su caso al Tribunal. También se observa que la expresión “podrá” se utiliza a menudo en deferencia al estatus de la autoridad a la que se impone la obligación en virtud de la disposición. Sobre la base de esta decisión, la alegación es que el uso de la palabra "podrá" significaría "deberá" y la manera necesariamente debe prescribirse según lo dispuesto en la Sección 19 para la declaración de un área como área de control de la contaminación del aire. Otro caso más al que se ha hecho referencia en nombre del demandado se informó en 1977 (2) SCC, página 578 [El comisionado textil del Gobierno de la India y Ors. vs. Proceso de Shri Jagdish Pvt. Limitado. Ltd. y Anr.]. También se trata del significado que debe asignarse a la palabra “podrá” y se ha sostenido que, a la luz del contexto en el que se confiere discreción a una autoridad pública junto con una obligación, el uso de la palabra “podrá” denota que es utilizado como "deberá". Encontramos que las decisiones anteriores no tienen aplicación alguna al presente caso. El caso que nos ocupa no se relaciona con la forma de "publicación", que en gran medida está prevista en la propia disposición y la publicación ha sido notificada de la misma manera que lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley. Creemos que, hasta el momento, el punto relativo al significado de la palabra “podrá” utilizada en el artículo 19 de la Ley no es relevante para resolver la controversia que nos ocupa. Una vez que las reglas prescriben la forma, indudablemente la declaración del área debe hacerse sólo de acuerdo con la manera prescrita, pero la ausencia de reglas no hará que la Ley quede inoperante. El poder conferido por la Sec. 19 de la Ley, seguiría siendo ejercible según lo dispuesto en la disposición, es decir, declarando un área como área de control de la contaminación del aire mediante la publicación de una notificación en el boletín oficial. La no formulación de Reglas no limita la facultad del Gobierno del Estado de declarar cualquier área como área de control de la contaminación del aire mediante notificación publicada en el boletín oficial. La parte de la disposición “en la forma que se prescriba” entraría en vigor sólo después de que dicha manera se prescriba al enmarcar las normas previstas en la Sección 54 (2) (k) de la Ley. Esta opinión, como se indicó anteriormente, está ampliamente respaldada por la decisión de este Tribunal mencionada anteriormente en el caso de T. Cagee (supra), que es una decisión de una Sala Constitucional de este Tribunal. Ha sido seguida en una decisión posterior de este Tribunal informada en 1986 (4) SCC P.667, Surinder Singh Vs. Gobierno central y Ors. El Gobierno Central no había elaborado normas respecto de la enajenación de bienes que forman parte del fondo común de compensación según lo previsto en las disposiciones de la ley pertinente. Una de las partes alegó que la autoridad constituida conforme a la Ley no tenía competencia para disponer de propiedades agrícolas urbanas mediante subasta en ausencia de Reglas. El argumento fue rechazado con las siguientes observaciones: “...Cuando una ley confiere poderes a una autoridad para realizar ciertos actos o ejercer poderes con respecto a ciertas materias, sujeto a reglas, el ejercicio del poder conferido por la ley no depende de la existencia de normas a menos que la ley así lo establezca expresamente. En otras palabras, la formulación de las normas no es una condición suspensiva para el ejercicio del poder expresa e incondicionalmente conferido por la ley. La expresión “sujeto a las normas” sólo significa, de conformidad con las normas, en su caso. Si se formulan reglas, los poderes así conferidos a la autoridad podrían ejercerse de conformidad con esas reglas. Pero si no se formulan normas no hay nulidad y nada impide a la autoridad ejercer la facultad que le confiere el estatuto..”

También se hizo referencia a las decisiones de este Tribunal en los casos relatados en AIR 1996 SC p.1942, BNNagarajan vs. Estado de Mysore y AIR 1968 SC P.464, Mysore State Road Transport Corpn. vs. Gopinath. También se confió en 1985 (2) SCC p.16, UPState Electricity Board vs. Junta Municipal, Mussoorie. En vista de la discusión sostenida anteriormente, en nuestra opinión no sería correcto decir eso simplemente porque las reglas no han sido formuladas prescribiendo la manera en que la Ley quedaría inoperante. El área fue notificada como área de control de la contaminación del aire por el Gobierno del Estado según lo autorizado y dispuesto en virtud de las facultades conferidas en virtud del Artículo 19 de la Ley. Se prevé que la declaración se realice mediante notificación publicada en el boletín oficial. No se prescribe ni existe otra forma. No se puede decir que las notificaciones pertinentes emitidas por el gobierno sean contrarias a las normas vigentes formuladas por el gobierno. El demandado tenía conocimiento de la notificación y también había solicitado el consentimiento de la Junta, que le fue concedido. Pero cabe aclarar que ésta no es la razón para adoptar la postura que hemos adoptado, se menciona sólo a modo de dato adicional y nada más. Todo el funcionamiento de la Ley destinada a controlar la contaminación del aire no puede suspenderse ni quedar sin efecto únicamente por la ausencia de normas que prescriban la forma de declarar un área de control de la contaminación del aire que, de lo contrario, deberá notificarse mediante publicación en Diario Oficial que se ha hecho en este caso. Por las razones expuestas, estimamos el recurso de apelación y dejamos sin efecto la orden dictada por el docto Juez de Sesiones Adicionales en revisión y la orden del Tribunal Superior que afirma la misma. La continuación del proceso en el caso se reanudará en el Tribunal de instancia de conformidad con la ley de fondo, la cual no se verá afectada en forma alguna por las observaciones que, en su caso, se hagan en esta Sentencia.