Marco legal
Directrices de la EIA u otras orientaciones: Orientación y directivas
Procedimiento de EIA
Proyectos que requieren EIA: Proyectos gubernamentales, Proyectos privados.
Evaluaciones abreviadas: No
Mejores prácticas en lugar de la EIA: No
Quién realiza la detección: Gobierno
Detalle de quién realiza la evaluación: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículos 6, 16
Criterios de detección: Lista o apéndice de tipos de proyectos o actividades, Posible impacto en un área protegida o adyacente a ella
Criterios para el detalle de la selección: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 3 y anexos I, II. Los proyectos enumerados en el Anexo I requieren una EIA. Los proyectos enumerados en el Anexo II o que puedan impactar en una Red Natura 2000 podrán requerir una EIA a discreción de la autoridad. La decisión de selección deberá ponerse a disposición del público y cumplir los criterios del anexo III.
Quién prepara la EIA: Proponente del proyecto (con o sin contratista)
Quién paga por la EIA: Proponentes del proyecto
Calificaciones del contratista de EIA: No
Conflicto de intereses: No
Términos de referencia:
Detalle de los términos de referencia: "Para determinar el alcance y nivel de detalle del estudio de impacto ambiental, el organismo ambiental consultará a las autoridades públicas interesadas sobre el documento inicial del proyecto. La consulta podrá extenderse a otras personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, involucradas en la protección. del medio ambiente." Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículos 5(2), 8
Días para la revisión del tomador de decisiones: 90 dias
Aprobación automática: No
Decisión escrita:
Detalle de la decisión escrita: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 12
Autoridad para imponer condiciones:
Detalle de la autoridad para imponer condiciones: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 12, apartado 1
Caducidad de la Decisión: 5 años (puede variar si está bajo jurisdicción de Región Autónoma)
Detalle de vencimiento de la decisión: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 14. No obstante, "[l]a agencia ambiental podrá decidir, a petición del promotor, que esta declaración sigue siendo válida en ausencia de cambios sustanciales en los elementos esenciales que formó la base para la evaluación del impacto ambiental."
Garantías o Fianzas Financieras: No
Contenido de la EIA
Equipo Interdisciplinario: No
Detalle del equipo interdisciplinario: El criterio no se trata en la ley española de EIA.
Gama de alternativas:
Detalle de la gama de alternativas: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 7, apartado 1, letra b)
Alternativa sin acción: No
Detalle de alternativa sin acción: Este criterio no se trata en la ley de EIA española.
Tipo(s) de Análisis de Impacto: Impactos ambientales directos, Impactos ambientales acumulativos, Impactos sociales, Impactos culturales
Mitigación:
Detalle de mitigación: La EIA debe contener medidas previstas para reducir, eliminar o compensar efectos ambientales significativos. Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 7, apartado 1, letra d)
Planes de seguimiento:
Detalle de Planes de Monitoreo: La EIA debe contener un programa de monitoreo ambiental. Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 7, apartado 1, letra e)
Acceso a la Información
Aviso Público del Borrador de EIA:
Borrador de EIA disponible:
Detalle disponible del borrador de la EIA: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 9
Borradores de ubicaciones de la EIA: Internet, agencia u oficina ministerial
Aviso Público de EIA Final: N / A
Aviso público del detalle final de la EIA: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 12
EIA final disponible:
Detalle final disponible de la EIA: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 12
Ubicaciones finales de la EIA: Internet, agencia u oficina ministerial
Tarifa para ver los documentos de la EIA: No
Disponibilidad de estudios de referencia:
Disponibilidad de detalle de estudios de referencia: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 9
Aviso Público de Decisión Final:
Detalle del aviso público de decisión final:
Participación pública
Investigación de alcance público:
Detalle del alcance público: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículos 8 y 9
Revisión pública de los TOR:
Revisión pública del detalle de los TOR: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículos 5,9
Oportunidades de participación pública: Alcance, Términos de referencia, Revisión del borrador de la EIA, Reuniones públicas y/o audiencias públicas, Revisión de la EIA final
Reuniones públicas:
Detalle de reuniones públicas: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 9
Aportes del público en la reunión:
Aportes del público en detalle de la reunión: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 9
Criterios para realizar una reunión pública: Se requiere automáticamente una reunión y/o audiencia pública
Días para que el público revise la EIA final: 30 dias
Comentarios públicos sobre el borrador de la EIA:
Comentarios públicos sobre el detalle del borrador de la EIA: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 9
Comentarios públicos sobre la EIA final: No especificado
Comentarios públicos sobre el detalle final de la EIA: No está claro si al público se le permite presentar comentarios sobre una EIA final. La ley sólo especifica que la EIA final debe hacerse pública. Véase Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 12.
Respuesta a los comentarios públicos:
Detalle de la respuesta a los comentarios públicos: Los resultados de las reuniones de información pública y de las consultas públicas serán tenidos en cuenta por el proponente del proyecto y las autoridades pertinentes. Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 9
Facilitación de la participación pública: No
Revisión/ejecución judicial
Revisión Administrativa Ciudadana: N / A
Revisión Judicial Ciudadana:
Detalle de Revisión Judicial Ciudadana: Véase el artículo 22 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, participación del público y acceso a la justicia en materia medioambiental. http://www.elaw.org/system/files/es.Ley272006.pdf
Seguimiento del proyecto:
Detalle de seguimiento del proyecto: Real Decreto Legislativo 1/2008 (modificado), artículo 18
Aplicabilidad de la EIA: N / A
Aplicabilidad del permiso: N / A