Procedimiento de EIA
Proyectos que requieren EIA: Proyectos gubernamentales, Proyectos privados.
Evaluaciones abreviadas: No
Mejores prácticas en lugar de la EIA: No
Quién realiza la detección: Gobierno
Detalle de quién realiza la evaluación: "El responsable de la toma de decisiones revisará una solicitud y tomará la decisión de iniciar o negarse a iniciar una evaluación de impacto ambiental de las actividades propuestas dentro del plazo para la tramitación de las solicitudes previsto en la legislación." Ley EIA y EMS, sec. 11(2). "Con las actividades especificadas en el apartado 1 del artículo 6 de esta Ley, se iniciará una evaluación de impacto ambiental de las actividades propuestas sin necesidad de motivación." Id., sec. 11(3).
Criterios de detección: Lista o apéndice de tipos de proyectos o actividades, El proyecto o actividad propuesta puede causar un impacto ambiental significativo, Posible impacto en un área protegida o adyacente a ella
Criterios para el detalle de la selección: "El impacto ambiental se evaluará: 1) al solicitar o solicitar la modificación de un permiso de desarrollo, si la actividad propuesta que es la base para la solicitud o la modificación del permiso de desarrollo potencialmente tiene como resultado un impacto ambiental significativo; 2) si se proponen actividades que, por sí sola o junto con otras actividades, pueda afectar significativamente a un lugar Natura 2000." Ley EIA y EMS, sec. 3 "El impacto ambiental es significativo si puede exceder potencialmente la capacidad ambiental de un sitio, causar cambios irreversibles en el medio ambiente, poner en peligro la salud y el bienestar humanos, el medio ambiente, el patrimonio o los bienes culturales". Ley EIA y EMS, sec. 5. La Sección 6 proporciona una lista de actividades que tienen impactos significativos. Véase también la Lista Detallada de Áreas de Actividad que Requieren Consideración de la Necesidad de Iniciar una Evaluación de Impacto Ambiental Reglamento del Gobierno de la República No. 224 de 29 de agosto de 2005 (disponible en http://www.legaltext.ee/en/andmebaas/ava.asp ?metro=022)
Quién prepara la EIA: Proponente del proyecto (con o sin contratista)
Quién prepara el detalle de la EIA: "La persona que proponga una actividad y pretenda realizarla deberá organizar una evaluación de impacto ambiental (en adelante promotor)." Ley EIA y EMS, sec. 8(1)
Quién paga por la EIA: Proponentes del proyecto
Quién paga por el detalle de la EIA: "El promotor cubrirá los gastos relacionados con la evaluación de impacto ambiental." Ley EIA y EMS, sec. 8(2)
Calificaciones del contratista de EIA:
Detalle de las calificaciones del contratista de la EIA: "La evaluación del impacto ambiental será o la evaluación del impacto ambiental será dirigida por una persona física que posea una licencia para la evaluación de impacto ambiental, o una persona jurídica a través de un empleado que posea la licencia correspondiente (en adelante, experto)." Ley EIA y EMS, sec. 14(1). Los requisitos para la licencia se establecen en la sección 15.
Conflicto de intereses:
Términos de referencia:
Detalle de los términos de referencia: Una decisión que apruebe el inicio de una EIA debe incluir "información sobre la investigación ambiental necesaria". Esto podría interpretarse como un TdR. Consulte la Ley EIA y EMS, sec. 11(8)(6). Véase también la sección 13, que establece los requisitos para describir el programa de evaluación ambiental.
Días para la revisión del tomador de decisiones: 30 dias
Aprobación automática: N / A
Decisión escrita:
Detalle de la decisión escrita: "Un supervisor de evaluación de impacto ambiental notificará la aprobación de un informe de evaluación de impacto ambiental y la determinación de los requisitos ambientales de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 19 de esta Ley." Ley EIA y EMS, sec. 23. El artículo 19 exige la notificación por escrito y la publicación en el boletín.
Autoridad para imponer condiciones:
Detalle de la autoridad para imponer condiciones: La aprobación podrá contener requisitos medioambientales. "Los requisitos ambientales son medidas cuya determinación es prevenir o minimizar los posibles impactos ambientales negativos derivados de las actividades propuestas." Ley EIA y EMS, sec. 22(7). "No se emitirá el consentimiento de desarrollo si el desarrollador no es capaz de cumplir con los requisitos ambientales determinados". Ley EIA y EMS, sec. 24(3).
Caducidad de la Decisión: No especificado
Detalle de vencimiento de la decisión: La ley no analiza el período de validez de una aprobación.
Garantías o Fianzas Financieras: No
Contenido de la EIA
Equipo Interdisciplinario: No
Detalle del equipo interdisciplinario: Una EIA puede ser preparada por un experto o un equipo de expertos. "Un experto o, bajo su supervisión, un grupo de expertos preparará, sobre la base del programa de evaluación de impacto ambiental aprobado, el informe de evaluación de impacto ambiental..." Ley EIA y EMS, sec. 20(1)
Gama de alternativas:
Detalle de la gama de alternativas: Ley EIA y EMS, sec. 20(2); El informe de EIA debe "comparar[] las actividades propuestas con diferentes alternativas razonables y preparar una lista de clasificación sobre la base del impacto ambiental y los beneficios de las actividades propuestas y las alternativas razonables para las mismas..." Id., sec. 20(9)
Alternativa sin acción: No
Tipo(s) de Análisis de Impacto: Impactos ambientales directos, Impactos ambientales acumulativos, Impactos culturales, Impactos en la salud
Mitigación:
Detalle de mitigación: La EIA debe proporcionar una "resumen de las medidas compensatorias reales... para compensar el daño potencial causado por el importante impacto ambiental potencialmente resultante de las actividades propuestas, y una evaluación de la eficiencia y el volumen necesario de aplicación de las medidas". " Ley EIA y EMS, sec. 20(1)(7/1)
Planes de seguimiento:
Detalle de Planes de Monitoreo: El informe de la EIA "sobre la base de los resultados de la evaluación de impacto ambiental de las actividades propuestas y de las alternativas razonables para las mismas formula una propuesta razonada para el establecimiento de las condiciones de seguimiento ambiental[.]" Ley EIA y EMS
Acceso a la Información
Aviso Público del Borrador de EIA: No
Borrador de EIA disponible: No
Borradores de ubicaciones de la EIA: No disponible
Aviso Público de EIA Final:
Aviso público del detalle final de la EIA: "Se publicará un informe de evaluación de impacto ambiental y los resultados de la publicación se tendrán en cuenta según el procedimiento previsto en los artículos 16 y 17 de esta Ley." Ley EIA y EMS, sec. 21. Los avisos se proporcionan en varios lugares, incluidos Ametlikud Teadaanded (publicación oficial), periódicos y edificios públicos (por ejemplo, biblioteca, escuela, parada de autobús). Consulte la Ley EIA y EMS, sec. 16(2)
EIA final disponible:
Detalle final disponible de la EIA: "Se publicará un informe de evaluación de impacto ambiental y los resultados de la publicación se tendrán en cuenta según el procedimiento previsto en los artículos 16 y 17 de esta Ley." Ley EIA y EMS, sec. 21. "El responsable de la toma de decisiones publicará un programa de evaluación de impacto ambiental, entre otros medios, en su página web y garantizará al público la posibilidad de examinar el programa al menos hasta el final del plazo para la presentación de propuestas, objeciones y preguntas. " Id., sec. 16(6)
Ubicaciones finales de la EIA: Internet, agencia u oficina ministerial
Tarifa para ver los documentos de la EIA: No
Disponibilidad de estudios de referencia:
Disponibilidad de detalle de estudios de referencia: "Toda persona tiene derecho a acceder a un programa de evaluación de impacto ambiental y a otros documentos pertinentes en el momento de la exposición pública y de la consulta pública sobre el programa, a presentar propuestas, objeciones y preguntas sobre el programa y a obtener respuestas a las mismas." Ley EIA y EMS, sec. 16(5). Véase también la Ley de Procedimiento Administrativo, sec. 37(1) ("Toda persona tiene derecho, en todas las etapas del procedimiento administrativo, a examinar los documentos y expedientes, si existen, que sean pertinentes en el procedimiento y que se conserven en poder de una autoridad administrativa"). //www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=328755).
Aviso Público de Decisión Final:
Detalle del aviso público de decisión final:
Participación pública
Investigación de alcance público:
Detalle del alcance público: Existe un proceso extenso para aprobar el programa de evaluación de impacto ambiental que incluye la participación pública. Consulte la Ley EIA y EMS, secciones 16-19.
Revisión pública de los TOR:
Revisión pública del detalle de los TOR: No está del todo claro si se prepara un TdR, pero la ley prevé la revisión pública del "programa" de evaluación de impacto ambiental propuesto antes de que se pueda preparar un informe de EIA. Esto puede interpretarse como un paso de alcance/TOR. Consulte la Ley EIA y EMS, secciones 16-19.
Oportunidades de participación pública: Alcance, Términos de referencia, Revisión del borrador de EIA, Reuniones públicas y/o audiencias públicas
Reuniones públicas:
Detalle de reuniones públicas: La hora y fecha de la consulta pública se especificarán en el programa de evaluación de impacto ambiental. Ley EIA y EMS, sec. dieciséis.
Aportes del público en la reunión: N / A
Comentarios públicos sobre el borrador de la EIA: N / A
Comentarios públicos sobre el detalle final de la EIA: "Toda persona tiene derecho a acceder a un [informe] de evaluación de impacto ambiental y a otros documentos pertinentes en el momento de la exhibición y consulta pública del [informe], a presentar propuestas, objeciones y preguntas sobre el programa y a obtener respuestas al mismo. " Ley EIA y EMS, sec. 16(5) y 21.
Respuesta a los comentarios públicos:
Detalle de la respuesta a los comentarios públicos: "Se publicará un informe de evaluación de impacto ambiental y los resultados de la publicación se tendrán en cuenta según el procedimiento previsto en los artículos 16 y 17 de esta Ley." Ley EIA y EMS, sec. 21. "Un experto o, bajo la supervisión del experto, un grupo de expertos, junto con el promotor, realizará, sobre la base de las propuestas y objeciones presentadas sobre el programa, las modificaciones necesarias al programa realizadas durante la exposición pública. del programa de evaluación de impacto ambiental, explicar por qué se tienen en cuenta las propuestas y objeciones y justificar por qué no se tienen en cuenta y responder a las preguntas." Ley EIA y EMS, sec. 17(2)
Facilitación de la participación pública: No
Revisión/ejecución judicial
Revisión Administrativa Ciudadana:
Revisión Judicial Ciudadana:
Detalle de Revisión Judicial Ciudadana: Ver Ley de Procedimiento Administrativo, secs. 72, 73 (procedimientos de "impugnación") (disponible en http://www.wipo.int/wipolex/en/text.jsp?file_id=328755)
Seguimiento del proyecto:
Detalle de seguimiento del proyecto: "La persona cuya impugnación sea desestimada o cuyos derechos sean violados en el procedimiento de impugnación tiene derecho a presentar un recurso de apelación ante un tribunal administrativo en las condiciones y de conformidad con el procedimiento previsto en el Código de Procedimiento del Tribunal Administrativo". Ley de Procedimiento Administrativo, art. 87 (derecho a apelar) (disponible en http://www.wipo.int/wipolex/en/text.jsp?file_id=328755)
Aplicabilidad de la EIA: N / A
Aplicabilidad del permiso: N / A