Senegal - Leyes sobre plásticos

Loi relative à la prévention et la réduction de l’incidence sur l’environnement des produits plastiques, la loi n° 2020-04 du 08 Janvier 2020

 

La ley de Senegal de 2020 aborda la prevención y reducción de los impactos en el medio ambiente y la salud humana de los productos plásticos y la gestión ecológica de los desechos plásticos. Art. 1. La ley declara que se aplica a los productos de plástico, estén o no destinados a un solo uso. Art. 2. La ley no se aplica a productos que incluyen uno o más componentes plásticos si el producto está diseñado para que los componentes plásticos no sean fácilmente reemplazados por el consumidor. Id. 

 

Prohibiciones 

 

La ley de Senegal de 2020 prohíbe la producción, la importación, el almacenamiento para vender, la puesta a la venta, la venta, la colocación para su uso y el uso en cualquier forma de plástico desechable o de un solo uso. Art. 4. 

 

Esto se aplica a los recipientes y tapas de bebidas, cubiertos y platos, pajitas y varillas para revolver bebidas, bolsitas que se usan para vender agua u otras bebidas. Art. 4. 

 

La ley prohíbe por separado las bolsas de plástico fuera de su caja, independientemente de su grosor o si tienen asas. Art. 5. Sin embargo, esto no incluye las bolsas de plástico utilizadas en el punto de venta para envasar alimentos. Id. Estas bolsas utilizadas en el punto de venta deben ser transparentes y estar fabricadas con materiales plásticos reciclables. Id.. La importación de estas bolsas está sujeta a la autorización del Ministerio de Medio Ambiente. Id.. 

 

Sistema de depósito y reembolso para botellas de plástico 

 

La ley también crea un sistema de depósito-reembolso para botellas de plástico. Letras. 6-14. Los productores deben establecer puntos de recogida. Art. 8. Los productores son responsables de recuperar las botellas devueltas en las siguientes prioridades: 1) reutilización; 2) reciclar; o 3) todas las demás operaciones de recuperación. Id.. Además de la reutilización y el reciclaje, las operaciones de recuperación permitidas incluyen todas las demás acciones destinadas a obtener materiales o energía reutilizables. Art. 3 (definición de “valorización”). 

 

Responsabilidad ampliada del productor 

 

La ley responsabiliza a los productores que comercializan productos plásticos por los residuos generados por estos productos. Art. 11. Los productores pueden cumplir con su obligación estableciendo programas individuales para recolectar y tratar los residuos generados por sus productos, o creando colectivamente organizaciones a las que contribuyan financieramente y que asuman esta responsabilidad. Art. 12. El productor debe demostrar capacidad financiera y técnica para obtener la aprobación de un programa individual. Id. Estos programas individuales deben cumplir con los requisitos emitidos por el Ministerio de Medio Ambiente y deben ser aprobados. Id. 

 

Tanto los productores individuales que ejecutan sus propios programas como las organizaciones que operan programas colectivos deben informar sobre las operaciones al Ministro de Medio Ambiente cada año. Art. 14. 

 

Prevención de la producción de residuos plásticos 

 

Los productores deben reducir en origen la cantidad de residuos que pueden resultar de sus actividades y poner en el mercado productos susceptibles de ser reciclados o recuperados en condiciones respetuosas con el medio ambiente. Art. 15. Además, cuando sea técnica y económicamente viable, los productores deben integrar el plástico reciclado en los nuevos productos que pongan en el mercado. Art. 16.

 

Identificación

 

Los productos plásticos deben tener el nombre del productor marcado permanentemente en el producto. Art. 17.

 

Importar y exportar 

 

Senegal prohíbe la importación de residuos plásticos. Art. 19. 

 

Además, Senegal prohíbe la exportación de desechos plásticos a menos que el Ministro de Medio Ambiente lo haya aprobado, el país importador haya aprobado la importación y el país importador tenga instalaciones de tratamiento adecuadas. Art. 20. 

 

Reciclaje 

 

La ley requiere el establecimiento por decreto de un precio mínimo por el cual las empresas de reciclaje comprarán un kilogramo de residuos plásticos. Art. 21 

 

Impuestos 

 

Se establecerá un impuesto para los productos fabricados con plástico no reciclable. Un decreto enumerará los productos a los que se aplicará el impuesto. Art. 22. 

 

Revocación

 

Esta ley deroga la Ley No 2015-09 de 04 de mayo de 2015. Art. 40. 

Date of the Resource: 
2020
Countries and Regions: Sub-Saharan Africa Senegal
Resource Type: Laws
Resource Topic: Plastic
Content for Websites: 
ELAW 
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