{"id":1595,"date":"2013-05-29T17:39:39","date_gmt":"2013-05-30T01:39:39","guid":{"rendered":"https:\/\/elaw.org\/india-mc-mehta-v-kamal-nath-wp-1821996-20000512-beas-river-case-unofficial-spanish-translati\/"},"modified":"2023-12-11T12:46:29","modified_gmt":"2023-12-11T20:46:29","slug":"india-mc-mehta-v-kamal-nath-wp-1821996-20000512-beas-river-case-unofficial-spanish-translati","status":"publish","type":"resource","link":"https:\/\/elaw.org\/es\/resource\/india-mc-mehta-v-kamal-nath-wp-1821996-20000512-beas-river-case-unofficial-spanish-translati","title":{"rendered":"MC Mehta contra Kamal Nath, WP 182\/1996 (12.05.2000) (Caso Beas River) (traducci\u00f3n no oficial al espa\u00f1ol)"},"content":{"rendered":"<p>\n(unofficial spanish translation)<\/p>\n<p>We thank Richard Schneider Enterprises, Inc. for translating<br \/>\ndocuments to help grassroots lawyers protect the environment through law.<\/p>\n<p>Para obtener una versi\u00f3n de este documento apropiadamente formateada dir\u00edjanse al v\u00ednculo de arriba que les lleva a la versi\u00f3n Adobe Acrobat<\/p>\n<p>\nM C. Mehta<br \/>\nContra<br \/>\nKamal Nath y Otros<br \/>\nPetici\u00f3n escrita (C) No. 182 of 1996<br \/>\n[S. SAGHIR AHMAD, J.]<br \/>\n12.05.2000<br \/>\nORDEN\n<\/p>\n<p>Este caso, el cual fue finalmente decidido por esta Corte con sentencia de fecha del 13 de diciembre de 1996, ha sido presentado ante nosotros para la determinaci\u00f3n de la cuant\u00eda de la multa por contaminaci\u00f3n.\u00a0 Se puede afirmar que el caso fue dispuesto con las siguientes direcciones:<br \/>\n1.\u00a0 La doctrina de responsabilidad p\u00fablica, tal y como es presentada por nosotros en esta sentencia, es parte de las leyes de este pa\u00eds.<br \/>\n2.\u00a0 La aprobaci\u00f3n anterior adjudicada por el Ministerio Forestal y de Medio Ambiente del Gobierno de la India, con carta de fecha del 24 de noviembre de 1993 y la escritura del contrato de arrendamiento con fecha del 11 de abril de 1994 en favor del Motel son declarados nulos.\u00a0 El arriendo concedido por la escritura del contrato de arrendamiento mencionada anteriormente con respecto a los 27 bighas (1 bigha=0.4 hect\u00e1reas) y 12 biswas de \u00e1rea es cancelado y apartado.\u00a0 El Gobierno Himachal Pradesh tomar\u00e1 control de dicha \u00e1rea y restaurar\u00e1 sus condiciones naturales.<br \/>\n3.\u00a0 El Motel pagar\u00e1 compensaci\u00f3n por v\u00eda de coste por la restituci\u00f3n del medio ambiente y la ecolog\u00eda del \u00e1rea.\u00a0 La contaminaci\u00f3n causada por varias construcciones hechas por el Motel en el lecho del r\u00edo y en las orillas del r\u00edo Beas ha de ser quitada y revertida a su estado anterior.\u00a0 Ordenamos a NEERI a trav\u00e9s de su Director a que inspeccione el \u00e1rea, si es necesario, y d\u00e9 una evaluaci\u00f3n del coste que probablemente se incurra para revertir el da\u00f1o causado por el Motel al medio ambiente y la ecolog\u00eda del \u00e1rea.\u00a0 NEERI podr\u00e1 tomar en consideraci\u00f3n el informe de la Junta a este respecto.<br \/>\n4.\u00a0 El Motel, por medio de la Direcci\u00f3n, demostrar\u00e1 la causa por la cual no se han de imponer al Motel multas adicionales por contaminaci\u00f3n.<br \/>\n5.\u00a0 El Motel construir\u00e1 un muro divisor a una distancia de no m\u00e1s de 4 metros desde el bloque de habitaciones (edificio principal del Motel) a la cuenca del r\u00edo.\u00a0 El muro divisor estar\u00e1 en el \u00e1rea del Motel cubierta por el contrato de arrendamiento con fecha del 29 de septiembre de 1981.\u00a0 El Motel no invadir\u00e1\/cubrir\u00e1\/utilizar\u00e1 ninguna parte de la cuenca del r\u00edo.\u00a0 El muro divisor separar\u00e1 el edificio del Motel de la cuenca del r\u00edo.\u00a0 La orilla del r\u00edo y la cuenca del r\u00edo ser\u00e1n dejadas abiertas para uso p\u00fablico.<br \/>\n6.\u00a0 El Motel no vertir\u00e1 aguas residuales que no hayan sido tratadas al r\u00edo.\u00a0 Ordenamos a la Junta de Control de Contaminaci\u00f3n Himachal Pradesh que inspeccione las plantas de tratamiento\/la maquinaria de control de contaminaci\u00f3n dispuestas por el Motel.\u00a0 Si las aguas residuales\/aguas negras vertidas por el Motel no se conforman a los est\u00e1ndares prescritos, se emprender\u00e1 una acci\u00f3n en contra del Motel de acuerdo a la legislaci\u00f3n vigente.<br \/>\n7.\u00a0 La Junta de Control de Contaminaci\u00f3n Himachal Pradesh no permitir\u00e1 el vertido de aguas residuales sin tratar al r\u00edo Beas.\u00a0 La Junta inspeccionar\u00e1 los hoteles\/f\u00e1bricas\/instituciones en el \u00e1rea Kullu-Manali y en el caso de que alguno de ellos est\u00e9n vertiendo aguas residuales\/negras sin tratar al r\u00edo, la Junta tomar\u00e1 acci\u00f3n conforme a la legislaci\u00f3n vigente.<br \/>\n8.\u00a0 El Motel mostrar\u00e1 causa el 18 de diciembre de 1990 por la cual no se han de imponer multas por contaminaci\u00f3n y da\u00f1os adicionales.\u00a0 NEERI mandar\u00e1 su reporte para el 17 de diciembre de 1996.\u00a0 Para ser listado el 18 de diciembre de 1996.\u00a0 Conforme a la citada Orden: se dio aviso requiriendo al Motel a que mostrara causa en dos puntos: (i) por qu\u00e9 no se ha de pedir al Motel que pague compensaci\u00f3n para que que restaure la degradaci\u00f3n del medio ambiente y (ii) por qu\u00e9 no se ha de imponer una multa por contaminaci\u00f3n adicional.\u00a0 El Sr.\u00a0 G.L.\u00a0 Sanghi, abogado principal, compareciendo por M\/s.\u00a0 Span Motel Private Ltd., ha sostenido que aunque est\u00e1 abierto a la Corte.\u00a0 En los tr\u00e1mites bajo el Art\u00edculo 32 de la Constituci\u00f3n que otorgan compensaci\u00f3n a las v\u00edctimas cuyos Derechos Fundamentales hayan sido violados o que sean v\u00edctimas de una acci\u00f3n ejecutiva arbitraria o v\u00edctimas de un comportamiento atroz de las autoridades p\u00fablicas en violaci\u00f3n de los deberes p\u00fablicos confiados en ellos, no se puede imponer una multa a aquellos que son culpables de aquella acci\u00f3n El Sr.\u00a0 Sanghi mantiene que la multa es un componente de la Jurisprudencia Criminal y no puede ser utilizada en procesos civiles, especialmente bajo el art\u00edculo 32 o 226 de la Constituci\u00f3n, ni por esta Corte ni por la Corte Suprema , ya que la imposici\u00f3n de una multa ser\u00edan contrarias a los Art\u00edculos 20 y 21 de la Constituci\u00f3n.<br \/>\nSe sostiene que se puede imponer una multa a una persona solo si est\u00e1 provisto en el estatuto y se da jurisdicci\u00f3n a la Corte para que inflija o imponga esa multa despu\u00e9s de un juicio justo a la persona, pero en la ausencia de una provisi\u00f3n estatutaria, una persona no puede ser penalizada y no se le puede imponer una multa.\u00a0 El Sr.\u00a0 M.C.\u00a0 Mehta, el cual ha estado siguiendo este caso con su vigor y vehemencia usual, sostiene que si una persona altera el balance ecol\u00f3gico y perturba las condiciones naturales de r\u00edos, bosques, aire y agua, los cuales son dones de la naturaleza, ser\u00eda culpable no s\u00f3lo de violar los Derechos Fundamentales garantizados por el Art\u00edculo 21 de la Constitutci\u00f3n, sino tambi\u00e9n de violar los deberes fundamentales de proteger el medio ambiente bajo el Art\u00edculo 51-A (g) que establece que ser\u00e1 el deber de cada ciudadano el proteger y mejorar el medio ambiente natural incluyendo los bosques, lagos, r\u00edos y fauna y de mostrar compasi\u00f3n por los seres vivos.<br \/>\n9.\u00a0 El planeta Tierra, el cual est\u00e1 poblado de seres humanos y otras criaturas vivas, incluyendo animales y p\u00e1jaros, ha sido creado para proveer las necesidades b\u00e1sicas de todos los seres vivos.\u00a0 Los seres vivos no significa necesariamente los seres humanos, los animales, los p\u00e1jaros, los pescados, los gusanos, las serpientes, las hidras, sino tambi\u00e9n las plantas de distintas variedades, las plantas trepadoras, la hierba y los vastos bosques.<br \/>\nSobreviven con aire fresco, agua dulce y tierra sagrada.\u00a0 Constituyen los elementos esenciales para la supervivencia de la \u201cvida\u201d en este planeta.\u00a0 Los seres vivos, incluyendo los seres humanos, vivieron pac\u00edficamente todo este tiempo.\u00a0 Pero cuando los seres humanos empezaron a actuar inhumanamente, la era de la angustia empez\u00f3, lo cual trajo nuevos problemas para la supervivencia.<br \/>\n10.\u00a0 La revoluci\u00f3n industrial trajo un despertar entre los hombres que habitan la Tierra de que la Naturaleza, con todos sus recursos, no era ilimitada y renovable para siempre.\u00a0 El desarrollo incontrolado industrial, generando toneladas de desperdicios industriales, trastorn\u00f3 el equilibrio ecol\u00f3gico, contaminando el aire y el agua, lo cual, a su vez, tuvo un efecto devastador en la fauna.\u00a0 Pero entonces las dos guerras mundiales, la primera guerra mundial (1914-1918) y la segunda guerra mundial (1939-1945) durante las cuales se explotaron bombas at\u00f3micas resultando en la p\u00e9rdida de miles de vidas humanas y quemando vastas extensiones de bosques, hicieron que el hombre se diera cuenta de que si los trastornos mediambientales no son controlados, su propia supervivencia ser\u00eda imposible.\u00a0 Por lo tanto, las Naciones Unidas auspici\u00f3 una conferencia sobre el Medio Ambiente Humano en Estocolmo en 1972.\u00a0 A ra\u00edz de las resoluciones adoptadas en la Conferencia, diferentes pa\u00edses en diferentes etapas promulgaron leyes que protegieran las condiciones en deterioro del medio ambiente.\u00a0 Aqu\u00ed en la India, la Legislatura promulg\u00f3 tres Actas, a saber, el Acta (de Prevenci\u00f3n y Control de la Contaminaci\u00f3n) del Agua de<br \/>\n1981 y el Acta (de Protecci\u00f3n) del Medio Ambiente de 1986.\u00a0 Tambi\u00e9n promulg\u00f3 el Acta (de Prevenci\u00f3n y Control de la Contaminaci\u00f3n) de Agua de Cess de 1977.\u00a0 Bajo estas Actas, se crearon Normas para poner en vigor a las provisiones por ellas establecidas.<br \/>\nEstas son: Las Normas (de Prevenci\u00f3n y Control de la Contaminaci\u00f3n) del Agua de 1975, Las Normas (de Prevenci\u00f3n y Control de la Contaminaci\u00f3n) de Cess del Agua de 1978; las Normas (de Prevenci\u00f3n y Control de la Contaminaci\u00f3n) del Aire (Territorios de la Uni\u00f3n) de 1983; las Normas (de Protecci\u00f3n) del Medio Ambiente de 1986; las Normas (de Administraci\u00f3n y Tratamiento) de Residuos Peligrosos de 1989; las Normas de Fabricaci\u00f3n, Almacenamiento e Importaci\u00f3n de Productos Qu\u00edmicos Peligrosos de 1989.<br \/>\nLas Normas (de Planeamiento de Emergencia, Preparaci\u00f3n y Respuesta) de Accidentes Qu\u00edmicos de 1996, as\u00ed como una gran cantidad de Normas y Notificaciones.<br \/>\n11.\u00a0 Adem\u00e1s de estas Actas y Normas, hay en el Libro del Estatuto, otras Actas que tratan de alguna forma con Leyes Medioambientales, como por ejemplo el Acta de Bosques Ind\u00faes de 1937; el Acta (De Conservaci\u00f3n ) de Bosques de 1980, el Acta (de Protecci\u00f3n) de la Fauna y Flora de 1972 las Normas impuestas bajo estas Actas.\u00a0 Varios Estados en la India han aprobado sus propias leyes y normativas medioambientales para la protecci\u00f3n del medio ambiente.<br \/>\n12.\u00a0 Aparte de los Estatutos y Normas previamente mencionados, el Art\u00edculo 48-A de la Constituci\u00f3n provee que el Estado habr\u00e1 de intentar por todos los medios proteger y mejorar el medio ambiente y salvaguardar los bosques y la fauna y flora del pa\u00eds.\u00a0 Uno de los deberes fundamentales de los ciudadanos, tal y como es presentado en el Art\u00edculo 51 A (g) es de proteger y mejorar el medio ambiente, incluyendo los bosques, lagos, r\u00edos y la fauna y flora y tener compasi\u00f3n por los seres vivos.\u00a0 Estos Art\u00edculos han de ser considerados bajo la luz del Art\u00edculo 21 de la Constituci\u00f3n que provee que ninguna persona ha de ser privada de su vida o libertad, excepto en concordancia con las diligencias judiciales establecidas por la ley.\u00a0 Cualquier trastorno de los elementos b\u00e1sicos medioambientales, a saber, aire, agua y tierra, que son necesarios para la \u201cvida\u201d ser\u00eda peligrosos para la \u201cvida\u201d de acuerdo al significado del Art\u00edculo 21 de la Constituci\u00f3n.<br \/>\n13.\u00a0 En la materia de la aplicaci\u00f3n de los derechos bajo el Art\u00edculo 21 de la Constituci\u00f3n, esta Corte, adem\u00e1s de aplicar las provisiones de las Actas anteriormente citadas, ha puesto en vigor tambi\u00e9n los Derechos Fundamentales bajo los Art\u00edculos 14 y 21 de la Constituci\u00f3n y ha mantenido que si esos derechos son violados por el trastorno del medio ambiente, puede adjudicar indemnizaciones no s\u00f3lo para la restauraci\u00f3n del equilibrio ecol\u00f3gico, sino para las v\u00edctimas que hayan sufrido por ese trastorno.\u00a0 Para proteger la \u201cvida\u201d y para proteger el \u201caire, agua y tierra\u201d de la contaminaci\u00f3n, esta Corte, a trav\u00e9s de varias sentencias, ha puesto en vigor los derechos disponibles a los ciudadanos y dem\u00e1s personas, bajo el Art\u00edculo 21 de la Constituci\u00f3n.\u00a0 La sentencia para la retirada de industrias peligrosas y detestables de \u00e1reas residenciales, las direcciones para la clausura del matadero y su traslado, las distintas direcciones dictadas para la protecci\u00f3n del \u00c1rea Ridge en Delhi, las direcciones a las Curtidur\u00edas, etc.\u00a0 son todas sentencias que buscan la protecci\u00f3n del medio ambiente.<br \/>\n14.\u00a0 En la materia de la aplicaci\u00f3n de los Derechos Fundamentales bajo el Art\u00edculo 21 bajo el dominio de la Ley P\u00fablica, la Corte, en ejercicio de los poderes bajo el Art\u00edculo<br \/>\n32 ha adjudicado indemnizaciones contra aquellos que han sido responsables de trastornar el equilibrio ecol\u00f3gico, bien sea operando industrias o cualquier otra actividad que tenga como efecto el causar contaminaci\u00f3n del medio ambiente.\u00a0 La Corte, a la par que adjudica indemnizaciones tambi\u00e9n aplica el \u201cPRINCIPIO DE QUE EL CONTAMINANTE PAGA\u201d el cual ha sido aceptado universalmente como forma de pagar por el coste de la contaminaci\u00f3n y el control.\u00a0 En otras palabras, el que cometi\u00f3 el error, el contaminador, est\u00e1 obligado a aliviar los da\u00f1os causados al medio ambiente.<br \/>\n15.\u00a0 El reconocimiento del vicio de la contaminaci\u00f3n y su impacto en los recursos futuros fue reconocido durante el principio del a\u00f1o 1970.\u00a0 La Comisi\u00f3n Econ\u00f3mica de los Estados Unidos, durante una discusi\u00f3n de panel en 1971, concluy\u00f3 que el gasto total medioambiental requerido para la mejora del medio ambiente estaba sobreestimada pero podr\u00eda ser reducida incrementando el nivel de conciencia medioambiental y el control.\u00a0 En<br \/>\n1972, la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico adopt\u00f3 el \u201cPRINCIPIO DE QUE EL CONTAMINANTE PAGA\u201d como m\u00e9todo recomendable para la adjudicaci\u00f3n del coste de la contaminaci\u00f3n.\u00a0 El principio tambi\u00e9n fue discutido durante la Cumbre de Par\u00eds de 1972.\u00a0 En 1974, la Comunidad Europea recomend\u00f3 la aplicaci\u00f3n del principio por sus Estados miembros para que los costes asociados con la protecci\u00f3n medioambiental puedan ser distribuidos de acuerdo a principios uniformes a trav\u00e9s de la Comunidad.\u00a0 En 1989, la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico reafirm\u00f3 su uso y extendi\u00f3 su aplicaci\u00f3n para que se incluyeran los costes de la contaminaci\u00f3n accidental.\u00a0 En 1987, el principio fue reconocido como un principio vinculante de ley, al ser incorporado a la Ley Comunitaria Europea a trav\u00e9s de la puesta en vigor del Acta Europea \u00danica de 1987.\u00a0 El Art\u00edculo 130r 2 del Tratado de Maastricht estipula que la Pol\u00edtica Comunitaria de Medio Ambiente \u201cestar\u00e1 basada en el principio de que el contaminante habr\u00e1 de pagar\u201d.<br \/>\n16.\u00a0 El \u201cPRINCIPIO DE QUE EL CONTAMINANTE PAGA\u201d ha sido tamb\u00e9n aplicado por esta Corte en varias decisiones.En el Consejo de la India para Acci\u00f3n Medioambiental contra la Uni\u00f3n de la India, AIR 1996 SC 1446 : (1996) 2 SCR 503 :<br \/>\n(1996) 3 SCC 212 : (1996) (2) JT (SC) 196 : (1996 AIR SCW 1069) se estipul\u00f3 que una vez que la actividad llevada a cabo era peligrosa o inherentemente arriesgada, la persona que llevara a cabo esa actividad se hac\u00eda responsible de reparar la p\u00e9rdida causada a otra persona por dicha actividad.\u00a0 El principio fue seguido tambi\u00e9n en el caso de Forum de Bienestar de los Ciudadanos de Vellore contra la Uni\u00f3n de la India, AIR 1996 SC 2715 :<br \/>\n(1996) 5 SCC 647 : (1996) 7 JT (SC) 375 : (1996 AIR SCW 3399) el cual ha sido nombrado en el presente caso en la sentencia principal.\u00a0 Fue por esta raz\u00f3n que el Motel fue ordenado a pagar compensaci\u00f3n directa por medio del coste de la restituci\u00f3n de la ecolog\u00eda medioambiental del \u00e1rea.\u00a0 Pero el tema principal de la discussi\u00f3n presente es de determinar la direcci\u00f3n por la cual no se ha de imponer una multa de contaminaci\u00f3n adem\u00e1s de los mencionados costes.<br \/>\n17.\u00a0 El Cap\u00edtulo VII del Acta (de Prevenci\u00f3n y Control de Contaminaci\u00f3n) del Agua de<br \/>\n1974 contiene las provisiones que tratan de multas y diligencias judiciales.\u00a0 Este Cap\u00edtulo consiste de las Secciones 41 a 50.\u00a0 Las Sub-Secciones (2) y (3) de la secci\u00f3n 41 establecen el castigo y la imposici\u00f3n de multa.\u00a0 Est\u00e1n citadas a continuaci\u00f3n:<br \/>\n\u201c41 (2) Aquel que falte en el cumplimiento de alguna Orden bajo la Cl\u00e1usula (e) de la sub-secci\u00f3n (1) de la Secci\u00f3n 32 o cualquier directiva hecha p\u00fablica por una Corte bajo la sub-secci\u00f3n (2) de la Secci\u00f3n 33 o cualquier directiva hecha p\u00fablica bajo la secci\u00f3n 33-A ser\u00e1 sujeto, por cada una de las ofensas y al ser condenado, a una pena de prisi\u00f3n que no ha de ser menos de un a\u00f1o y seis meses y puede extenderse a cinco mil rupias por cada d\u00eda en el que la falta de cumplimiento contin\u00faa despu\u00e9s de la condena por dicha falta.<br \/>\n(3) Si la falta referida en la subsecci\u00f3n (2) contin\u00faa m\u00e1s all\u00e1 de un per\u00edodo de un a\u00f1o de la fecha de condena, el inculpado podr\u00e1 ser condenado, si es encontrado culpable, a una pena de prisi\u00f3n de no menos de dos a\u00f1os, pero que podr\u00e1 extenderse a siete a\u00f1os y multa.\u201d<br \/>\n18.\u00a0 De forma similar, la Secci\u00f3n 42 establece que una persona podr\u00e1 ser castigada con una pena de prisi\u00f3n por un t\u00e9rmino de hasta 3 meses, o una multa de hasta diez mil rupias al d\u00eda o ambas.<br \/>\nLa Sub-secci\u00f3n (2) de la Secci\u00f3n 42 tambi\u00e9n contempla penas de prisi\u00f3n por un t\u00e9rmino de hasta 3 meses, o una multa de hasta diez mil rupias o ambas.\u00a0 La Secci\u00f3n 43 contempla penas por infracciones contra las provisiones de la Secci\u00f3n 24.\u00a0 La Secci\u00f3n 44 contempla penas por infracciones contra la Secci\u00f3n 25 o 26.\u00a0 Tambi\u00e9n contemplan la imposici\u00f3n de multas.\u00a0 La Secci\u00f3n 45 establece que si una persona es condenada por alg\u00fan delito bajo las Secciones 24, 25 o 26 y es una vez m\u00e1s declarado culpable de una infracci\u00f3n que trate de la misma disposici\u00f3n, podr\u00e1 ser penado, despu\u00e9s de haber sido hallado culpable una segunda o subsiguiente ocasi\u00f3n, con un t\u00e9rmino de prisi\u00f3n de no menos de dos a\u00f1os pero que puede extenderse a siete a\u00f1os con multa.\u00a0 La Secci\u00f3n 45-A establece que todo aquel que cometa una infracci\u00f3n contra las disposiciones del Acta o que deje de cumplir con alguna orden o directiva dada por el Acta, para la cual no se ha establecido castigo en ning\u00fan lugar del Acta, podr\u00e1 ser castigado con una pena de prisi\u00f3n de 3 meses, una multa de hast diez mil rupias o con ambas, y en el caso de que la infracci\u00f3n o la falla contin\u00faen, puede ser castigado con una multa adicional.\u00a0 La Secci\u00f3n 47 contempla delitos de Compa\u00f1\u00edas, mientras que la Secci\u00f3n 48 contempla delitos de Departamentos Gubernamentales.<br \/>\n19.\u00a0 La Secci\u00f3n 15 del Acta (de Protecci\u00f3n) del Medio ambiente de 1986 establece castigos por infracciones a las provisiones del Acta y a las reglas, directivas y \u00f3rdenes inclu\u00eddas en la misma.\u00a0 La Sub-secci\u00f3n (1) de la Secci\u00f3n 15 habla de prisi\u00f3n por un t\u00e9rmino de de hasta 5 a\u00f1os o con una multa de hasta unas 100.000 rupias o con ambas, y en el caso de que la infracci\u00f3n o la falla contin\u00faen, puede ser castigado con una multa adicional de hasta cinco mil rupias por cada d\u00eda durante el que la infracci\u00f3n o falta contin\u00fae despu\u00e9s de la condena por la primera infracci\u00f3n o falta.\u00a0 La Secci\u00f3n 16 contempla delitos de Compa\u00f1\u00edas, mientras que la Secci\u00f3n 17 contempla delitos de Departamentos Gubernamentales.<br \/>\n20.\u00a0 El Cap\u00edtulo VI del Acta (de Prevenci\u00f3n y Control de Contaminaci\u00f3n) del Aire de<br \/>\n1974 contiene las provisiones que tratan de multas y diligencias judiciales.\u00a0 Este Cap\u00edtulo consiste de las Secciones 37 y 46.\u00a0 La Secci\u00f3n 37 establece castigos por infracciones a las provisiones de la Secci\u00f3n 21 y 22 o a las directivas hechas p\u00fablicas bajo la Secci\u00f3n 31-A.<br \/>\nEstablece que la persona podr\u00e1 ser castigada con una pena de prisi\u00f3n que no habr\u00e1 de ser menos de un a\u00f1o y seis meses pero que puede llegar hasta seis a\u00f1os con multa, y en el caso de que la infracci\u00f3n contin\u00fae con una multa adicional de hasta cinco mil rupias al d\u00eda.\u00a0 La Sub-Secci\u00f3n (2) de esta Secci\u00f3n provee que si la infracci\u00f3n contin\u00faa m\u00e1s all\u00e1 del per\u00edodo de un a\u00f1o despu\u00e9s de la fecha de condena, el infractor podr\u00e1 ser condenado a una pena de prisi\u00f3n de no menos de dos a\u00f1os pero que podr\u00e1 extenderse hasta siete a\u00f1os con prisi\u00f3n.\u00a0 La Secci\u00f3n 38 tambi\u00e9n establece penas por ciertos actos y establece que dichos actos tal y como est\u00e1n referidos en la Secci\u00f3n podr\u00e1n llevar penas de de prisi\u00f3n de hasta 3 meses o con multa de hasta diez mil rupias o con ambas.\u00a0 La Secci\u00f3n 39 contempla penas por infracciones de ciertas provisiones del Acta y establece penas de prisi\u00f3n con un t\u00e9rmino de hasta 3 meses o con multa de hasta diez mil rupias o con ambas, y en el caso de que la infracci\u00f3n contin\u00fae, con una multa adicional de hasta cinco mil rupias por d\u00eda durante el per\u00edodo durante el cual la infracci\u00f3n contin\u00faa despu\u00e9s de la condena por la primera infracci\u00f3n.\u00a0 La Secci\u00f3n 40 contempla delitos de Compa\u00f1\u00edas, mientras que la Secci\u00f3n 41 contempla delitos de Departamentos Gubernamentales.<br \/>\n21.\u00a0 Las tres Actas referidas anteriormente tambi\u00e9n contemplan la toma de competencias de los delitos por la Corte.\u00a0 As\u00ed, una persona culpable de infracciones contra las provisiones de alguna de las tres Actas, lo cual constituye un delito, ha de ser procesada por dicho delito y en el caso de que el delito haya sido probado, s\u00f3lo en ese caso se podr\u00e1 imponer penas de c\u00e1rcel, multas o las dos.\u00a0 La condici\u00f3n indispensable (sine qua non) para el castigo con penas de prisi\u00f3n y multa es un juicio justo en una Corte competente.\u00a0 El castigo con pena de prisi\u00f3n o multa s\u00f3lo se puede imponer si la persona es hallada culpable.<br \/>\n23.\u00a0 En el caso que nos concierne, se ha documentado el hecho probado de que M\/s.\u00a0 Span Motel hab\u00eda interferido con el flujo natural del r\u00edo y de esa forma hab\u00eda trastronado el medio ambiente y la ecolog\u00eda del \u00e1rea.\u00a0 Se le ha responsabilizado del pago de indemnizaciones.\u00a0 La cuant\u00eda de las indemnizaciones est\u00e1 en proceso de ser determinada.<br \/>\nLa Corte dirigi\u00f3 un aviso hecho p\u00fablico de por qu\u00e9 no se ha de imponer una multa por contaminaci\u00f3n.\u00a0 En vista de lo expuesto, es dif\u00edcil para esta Corte establecer que se ha de imponer una multa de contaminaci\u00f3n al M\/s.\u00a0 Span Motel sin haber habido un juicio que establezca el hecho probado de que M\/s.\u00a0 Span Motel fue culpable del delito bajo el Acta y es responsable por lo tanto del pago de una pena de prisi\u00f3n o de una multa.\u00a0 Este aviso se ha hecho p\u00fablico sin referencia alguna a ninguna provisi\u00f3n del Acta.<br \/>\n24.\u00a0 El argumento de que el aviso deber\u00eda haber sido tratado de manera que fuera hecho p\u00fablico bajo la jurisdicci\u00f3n otorgada por el Art\u00edculo 142 de la Constituci\u00f3n no puede ser aceptado, puesto que este Art\u00edculo no puede ser utilizado como ayuda a una situaci\u00f3n donde la acci\u00f3n bajo ese Art\u00edculo representar\u00eda una infracci\u00f3n de las provisiones espec\u00edficas de la misma Acta.\u00a0 Se ha de imponer una multa a a aquella persona hallada culpable de haber infringido cualquiera de las provisiones del Acta.\u00a0 Esa persona ha de ser juzgada por el delito espec\u00edfico y s\u00f3lo al ser hallada culpable, podr\u00e1 ser castigada sentenci\u00e1ndola a una pena de prisi\u00f3n por un per\u00edodo contemplado por el Acta o con una multa o con ambas.\u00a0 Pero no se puede ejercer un recurso con el Art\u00edculo 142 para infligirle un castigo.<br \/>\n25.\u00a0 El alcance del Art\u00edculo 142 fue considerado en varias decisiones y recientemente en el juicio del Asociaci\u00f3n de Abogados de la Corte Suprema contra la Uni\u00f3n de la India AIR 1998 SC 1895 : (1998) 4 SCC 409 : (1998 AIR SCW 1706) por el cual la decisi\u00f3n de esta Corte en V.C.\u00a0 Mishra, Re, (1995) 2 SCC 584 fue revocada en parte, se estableci\u00f3 que los poderes plenipotenciarios de esta Corte bajo el Art\u00edculo 142 de la Constituci\u00f3n son inherentes de la Corte y son \u201cCOMPLEMENTARIOS\u201d a aquellos poderes que son conferidos a la Corte por varios estatutos.\u00a0 Este poder existe como base de jurisdicci\u00f3n separada e independiente aparte de los estatutos.\u00a0 La Corte adem\u00e1s observ\u00f3 que aunque los poderes conferidos a la Corte en el Art\u00edculo 142 son curativos por naturaleza, no pueden ser juzgados como poderes que autoricen a la Corte ignorar los derechos del procesado.\u00a0 La Corte se\u00f1al\u00f3 adicionalmente que este poder no puede ser usado para suplantar una ley suplente que se pueda aplicar a este caso o causa bajo la consideraci\u00f3n de esta corte.\u00a0 El Art\u00edculo 142, incluso con su vasta amplitud, no puede ser usado para construir un nuevo edificio donde otro no exist\u00eda, ignorando las provisiones estatutarias expresas que tratan con un tema y por tanto conseguir algo indirectamente que no puede ser conseguido directamente.<br \/>\n26.\u00a0 De forma similar en el caso M.S.\u00a0 Ahlawat contra State of Haryana, AIR 2000 SC<br \/>\n168 : (2000) 1 SCC 278 : (1999 AIR SCW 4255 : 2000 Cri LJ 388) se estableci\u00f3 que bajo el Art\u00edculo 142 de la Constituci\u00f3n, la Corte Suprema no puede ignorar las provisiones fundamentales de un estatuto y pasar \u00f3rdenes acerca de una cuesti\u00f3n que s\u00f3lo puede ser resuelta a trav\u00e9s de un mecanismo prescrito en otro estatuto.<br \/>\n27.\u00a0 As\u00ed, adem\u00e1s de las indemnizaciones que han de ser pagadas por el M\/s Span Motel, tal y como fue ordenado en en la Sentencia principal, no puede ser castigado con una multa a menos que se inicie un proceso entero prescrito bajo el Acta y el M\/s Span Motel sea juzgado por cualquiera de los delitos contemplados por el Acta y sea hallado culpable.<br \/>\n28.\u00a0 El aviso expedido al M\/s Span Motel de por qu\u00e9 no se ha de imponer una multa de contaminaci\u00f3n es, por lo tanto, retirado.\u00a0 Pero el asunto no acaba aqu\u00ed.<br \/>\n29.\u00a0 La contaminaci\u00f3n es un mal civil.\u00a0 Por su propia naturaleza es un Agravio cometido contra toda la comunidad.\u00a0 Una persona, por lo tanto, que es culpable de causar contaminaci\u00f3n ha de pagar una indemnizaci\u00f3n (compensaci\u00f3n) para la restauraci\u00f3n del medio ambiente y la ecolog\u00eda.\u00a0 Tambi\u00e9n ha de pagar una indemnizaci\u00f3n a aquellos que han sufrido p\u00e9rdidas a causa del acto del infractor.\u00a0 Los poderes de esta Corte bajo el Art\u00edculo 32 no est\u00e1n restringidos y pueden adjudicar indemnizaciones en una petici\u00f3n PIL o por escrito tal y como ha sido establecido en una serie de decisiones anteriores.<br \/>\nAdem\u00e1s de las indemnizaciones mencionadas anteriormente, la persona culpable de causar contaminaci\u00f3n puede ser responsable de pagar indemnizaciones ejemplares para que sirvan como disuasores para que otros no causen contaminaci\u00f3n del mismo modo.<br \/>\nDesgraciadamente, no se dio aviso de indemnizaciones ejemplares al M\/s Span Motel a pesar de que se deber\u00eda haber hecho.\u00a0 A la par que retiramos el aviso para pagos de multa por contaminaci\u00f3n, ordenamos que sea expedido un nuevo aviso al M\/s Span Motel para que este muestre por qu\u00e9, adem\u00e1s de las indemnizaciones regulares, no se han de conceder indemnizaciones ejemplares por haber cometido los actos expuestos y detallados en la sentencia principal.\u00a0 El aviso ha de ser regresado en un per\u00edodo de seis semanas.\u00a0 La cuesti\u00f3n de la cuant\u00eda de las indemnizaciones bajo la sentencia principal ser\u00e1 considerada en ese 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