Ironstone Community Action Group Inc contra el Ministro de Planificación de Nueva Gales del Sur y Duralie Coal Pty Ltd

Energía
Minería Minería de carbón
Principio de precaución

Ironstone Community Action Group Inc contra el Ministro de Planificación de Nueva Gales del Sur y Duralie Coal Pty Ltd (2011) NSWLEC 195 (10 de noviembre de 2011)

 

Se trataba de un recurso interpuesto por un tercero objetor (ICAG) contra la decisión del Ministro de Planificación de aprobar la ampliación de una mina de carbón existente. Las objeciones planteadas en este llamamiento se centraron en los impactos de la ampliación de la mina de carbón sobre la biodiversidad (especialmente la amenazada Rana Barrada Gigante), los impactos en la calidad del agua, los impactos en la salud debido a las partículas en suspensión, la contaminación acústica y las emisiones de polvo.

 

El Tribunal determinó que se debía conceder aprobación a la prórroga, pero impuso amplias condiciones adicionales a la aprobación basándose en un enfoque precautorio. Estas condiciones adicionales, explicó la Corte, “prevén una conservación mayor y más segura de las especies amenazadas y la diversidad biológica en el área, la protección de la calidad del agua, el control de las emisiones de partículas, la mitigación del ruido generado por la mina y el ruido y polvo generado por la Transporte de carbón por tren. Estas condiciones van más allá de las impuestas por el Ministro de Planificación en su aprobación de 26 de noviembre de 2010. Las condiciones adoptan un enfoque de precaución. Abordan las preocupaciones planteadas sobre la insuficiencia de la evaluación al requerir una evaluación más integral, detallada y continua de los impactos sobre las especies amenazadas, la biodiversidad, la calidad del agua y las emisiones de partículas; establecer estándares de desempeño; requieren un enfoque gradual para la implementación, el seguimiento y la gestión adaptativa; y requieren mayor transparencia y rendición de cuentas. Estas salvaguardias, con un mayor grado de probabilidad, generarán un vínculo más fuerte y un equilibrio apropiado, a nivel del paisaje, entre el uso ordenado y económico del recurso mineral, generando beneficios económicos y sociales, incluidos ingresos por exportaciones y regalías y empleo directo. y la protección y conservación de la biodiversidad y el medio ambiente de la zona”. Paraca. 6.

 

Una de las cuestiones relacionadas con los riesgos para la salud derivados de las partículas de pequeño tamaño (PM 2,5). Párrs. 186-204. El Tribunal sostuvo que las pruebas no establecían un riesgo suficientemente probable para la salud humana debido a los niveles de emisiones de PM 2,5 que probablemente se generarían con la ampliación de la mina. Paraca. 202. Sin embargo, como parte de las condiciones de aprobación, el Tribunal impuso amplias medidas para evitar y mitigar la calidad del aire que, en su opinión, abordarían satisfactoriamente las emisiones de partículas y polvo del proyecto de ampliación. “Aunque estas condiciones de aprobación no abordan específicamente las partículas de tamaño PM 2,5, debido a que las medidas abordan todas las emisiones de partículas y polvo, y establecen criterios para las partículas con un diámetro inferior a 10 micrómetros (PM 10), necesariamente incluirá PM 2,5 y evitará y mitigará las emisiones de PM 2,5 y sus impactos adversos, incluso en la salud humana”. Paraca. 204.

 

Además, el Tribunal impuso la condición al proponente de completar un estudio, en un plazo de tres meses, sobre las emisiones de polvo de los trenes que transportan carbón descubierto. El estudio tenía que identificar cualquier medida de mitigación y el Director General podía ordenar al proponente que implementara estas medidas. Párrs. 219-223.