El Tribunal Superior de Madrás determinó que el operador de una central eléctrica de carbón no está utilizando de manera beneficiosa las cenizas volantes, como lo exige la notificación de utilización de cenizas volantes del 11/03/2009, entre otras violaciones reglamentarias, que están causando degradación ambiental y peligros para la salud que pueden resultar en pérdidas irreparables.