T. Muruganandam contra el Ministerio de Medio Ambiente y Bosques

Energía
Evaluación de impacto ambiental

T. Muruganandam c. Ministerio de Medio Ambiente y Bosques, Apelación No. 50/2012 (10 de noviembre de 2014)
Tribunal Verde Nacional 

En una decisión anterior emitida en 2012, el Tribunal Verde Nacional suspendió la autorización ambiental otorgada a una compañía eléctrica (IL&FS) para la construcción de una central eléctrica alimentada por carbón debido a que la evaluación de impacto ambiental (EIA) carecía de un análisis de impacto acumulativo. IL&FS completó una evaluación de impacto acumulativo “rápida” dentro de las dos semanas posteriores a la decisión del Tribunal y la presentó al Ministerio de Medio Ambiente y Bosques para su revisión. El Ministerio, por recomendación del Comité de Evaluación de Expertos (EAC), determinó que el estudio de impacto acumulativo parecía adecuado y recomendó la continuación del proyecto, sujeto a condiciones adicionales. 

El Tribunal explicó el concepto de evaluación de impacto acumulativo, señalando que “no es el impacto de ningún proyecto de forma aislada, sino un impacto total resultante de la interacción del proyecto con otras actividades del proyecto a su alrededor: pasadas, presentes y futuras”. en el futuro. Es una visión integral de los impactos resultantes de todos los proyectos, pasados, presentes o planificados, sobre el medio ambiente. El impacto acumulativo puede ser igual o diferente y los que surgen de actividades individuales tienden a ser mayores, duraderos y distribuidos en un área mayor dentro del impacto individual”. Paraca. 41. El Tribunal describió los muchos defectos de la evaluación rápida del impacto acumulativo, incluida la exclusión de muchas industrias existentes, la falta de modelización del impacto combinado de proyectos futuros, la referencia a estándares de calidad del aire obsoletos y la falta de datos. Párrs. 45-51. También concluyó que el Comité de Evaluación de Expertos no aplicó su criterio cuando revisó el estudio. Paraca. 63. 

El Tribunal ordenó a IL&FS que realizara un nuevo estudio de impacto acumulativo de acuerdo con los parámetros descritos en la decisión. Véase Orden, párr. 2.