Friends of Lake Turkana Trust contra el Fiscal General

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Friends of Lake Turkana Trust contra el Fiscal General, Demanda ELC No. 825 de 2012 (19 de mayo de 2014)
Tribunal de Medio Ambiente y Tierras (Nairobi)

Friends of Lake Turkana Trust (FLTT) alegó que el gobierno de Kenia y otras entidades estatales (demandados) privaron a los miembros de la comunidad de sus derechos constitucionales a la vida y la dignidad al aceptar comprar 500 MW de electricidad al gobierno de Etiopía. La electricidad se obtendría a través de una serie de presas en el río Omo (incluida la presa Gibe III), que desemboca en el lago Turkana. Se prevé que la construcción y operación de las represas causarán una fuerte reducción en los flujos de agua al lago Turkana y afectarán negativamente a los miembros de la comunidad que dependen del lago para su sustento económico y cultural.

El Tribunal respondió primero a los argumentos de que carecía de jurisdicción sobre las reclamaciones, declarando: “Los hechos de que el objeto de la petición es un acuerdo celebrado por el Gobierno de Kenia con el Estado etíope, y que las supuestas violaciones de los derechos del peticionario surge en un contexto transfronterizo y puede haberse originado a partir de transacciones realizadas en Etiopía, no limitan por sí solas el acceso a esta Corte ni a su jurisdicción. Esto se debe a que este Tribunal está obligado a considerar cualquier cuestión planteada sobre si las acciones de los demandados a este respecto han resultado en una violación de los derechos del peticionario, y si los demandados están sujetos a deberes y responsabilidades constitucionales y estatutarios. bajo la ley de Kenia al celebrar dicho acuerdo”. Pág. 8.

El Tribunal sostuvo que, si bien había pruebas que indicaban que la construcción y operación de la presa en el río Omo probablemente causaría impactos adversos a las comunidades del lago Turkana, el FLTT no había presentado pruebas de los efectos reales del proyecto hidroeléctrico Gibe III y la infracción de los miembros de la comunidad. ' derechos. "Por lo tanto, este tribunal no puede en esta etapa llegar a una conclusión de que se han infringido los derechos del peticionario a la dignidad, la vida, los medios de vida y el patrimonio cultural y ambiental, en ausencia de pruebas concretas al respecto". Pág. 13.

Sin embargo, con respecto al derecho de los miembros de la comunidad a la información, el Tribunal declaró que los demandados violaron los derechos constitucionales de los miembros de la comunidad cuando ocultaron el acuerdo de compra de energía y otros documentos clave sobre los impactos de la presa Gibe III de la divulgación pública. El gobierno de Kenia tiene el deber afirmativo de divulgar toda la información relevante en relación con la importación o compra y transmisión de energía eléctrica desde Etiopía. Pág. 15.

Por último, el Tribunal abordó las obligaciones del gobierno de Kenia en virtud del artículo 69 de la Constitución de Kenia, que exige que el Estado proteja y conserve el medio ambiente y garantice el uso sostenible de los recursos naturales. Pág. 15-16. Señalando los principios de desarrollo sostenible y el principio de precaución, la Corte afirmó que los demandados “tienen el deber de establecer que no surge ningún daño ambiental de los acuerdos y proyectos [de electricidad] [con el gobierno etíope]” P. 16. El Tribunal continuó: “[Los demandados] como fideicomisarios del medio ambiente y los recursos naturales tienen el deber y la obligación para con el peticionario de garantizar que los recursos del lago Turkana se gestionen de manera sostenible, se utilicen y conserven, y de tomar las precauciones necesarias para prevenir el daño ambiental que puedan surgir de los acuerdos y proyectos celebrados con el Gobierno de Etiopía al respecto”.

El Tribunal ordenó al gobierno de Kenia, Kenya Power and Lighting y Kenya Electricity Transmission Company (demandados) que revelaran todos y cada uno de los acuerdos o arreglos celebrados con el gobierno de Etiopía (y las entidades paraestatales) relacionados con la compra propuesta de electricidad o el Gibe. III proyecto. El Tribunal también ordenó a los demandados que tomaran todas las medidas necesarias para garantizar que los recursos del lago Turkana se utilicen de manera sostenible y se conserven en cualquier compromiso o acuerdo celebrado con el gobierno de Etiopía con respecto a la compra de electricidad. Ver pág. 21. El Tribunal se negó a prohibir al gobierno de Kenia celebrar acuerdos futuros hasta que se complete la evaluación completa de los impactos ambientales y sociales del proyecto Gibe III.